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Enasua 17/02/24 09:38
Ha respondido al tema Duda decucción alquiler Madrid en declaración renta
Si el contrato de alquiler es de menos de 15.000 euros al año (y me refiero al total del contrato, no sólo a tu parte), no estás obligado a presentar el ITP (art. 30 quater del DL 1/2010 de Madrid). Si no, estás a tiempo de presentarlo, es gratis (es decir: no hay que pagar nada, sólo presentarlo). Tú problema, tal y como yo lo veo, es lo de la fianza: tienes que estar en posesión de una copia del resguardo de depósito de la fianza antes de solicitar la deducción, y eso es tan fácil como pedírsela al casero; pero, como tú entraste por un "anexo" al contrato, lo fácil es que el casero depositara la fianza "original" en 2020, donde no está tu parte. Lo "legal" ( lo que tú necesitas para tener derecho a la deducción) es que, en 2022, cuando hubo cambio de inquilinos, hubiera sacado la fianza original y, después, hubiera depositado la nueva, pero, como el importe es el mismo, o muy parecido, los propietarios no suelen hacerlo, por evitar burocracia. Y, si la copia del depósito que presentas en la AEAT cuando te la pidan, es de 2020, te van a decir que nanay, que ahí no está lo que tú pagaste de fianza en 2022.Habla con el casero, a ver. Si ingresó la fianza cuando tú se la entregaste, tienes derecho no sólo a solicitar la deducción de 2023, sino, quizá, incluso de pedir una rectificación de 2022 (si superas lo del 20% de las bases imponibles).
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Enasua 16/02/24 03:12
Ha respondido al tema Duda sobre pago de procedimiento sancionador de Hacienda
Ahora tienes que esperar una nueva notificación con la resolución del expediente, ponle que tardará unos 15 días o 1 mes. En esa comunicación vienen las cartas de pago, que son dos hojas (una para ti y, otra, para el banco) donde viene el importe a pagar. Las llevas a cualquier banco o caja y ellos ya ingresan el dinero en el Tesoro, no necesitas saber números de cuenta de la AEAT ni nada. En las mismas cartas de pago vienen las fechas entre las que puedes pagar sin intereses ni recargos.
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Enasua 15/02/24 13:41
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Si quieres que se resuelva antes, registra tú conformidad con la propuesta, hay una hojita casi al final donde tienes que poner tu nombre, DNI, una x en la opción de estar conforme y una firma. La mandas por la web o la llevas a una oficina (no necesitas cita). Si no haces nada, es como si estuvieras igualmente conforme, pero el que esté tramitando tu renta tiene que esperar a que pasen los plazos de alegaciones, por lo que se retrasa la resolución.
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Enasua 08/02/24 03:28
Ha respondido al tema Fiscalidad Imposición a plazo fijo con diero procedente de cuenta común
Es que, si tu régimen matrimonial es de gananciales, lo que ganes tú a la lotería también es de tu cónyuge. Por tanto, los intereses que genere ese dinero en un depósito son de los dos. No tiene nada que ver con una cotitularidad de cuenta en otro caso (con padres, con hermanos, con pareja no oficializada, con compañeros de trabajo...), donde, por supuesto, a cada titular le corresponde la propiedad del dinero que ha puesto (eso sí: hay una presunción de que, la titularidad, esa partes iguales; hay que conservar justificantes para demostrar lo contrario).
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Enasua 01/02/24 13:55
Ha respondido al tema Estado declaración Renta 2022
No existe el silencio administrativo en derecho tributario, por lo que, si interpones reclamación económico administrativa, te la van a desestimar por no procedente. Lo único que puedes hacer es seguir esperando. Tratándose de la declaración de un fallecido, y con una rectificación, es normal el retraso: primero tienen que resolver las dos declaraciones (y las rectificaciones tardan) y, luego, revisar lo aportado en el H-100 para ver a quién hay que darle el dinero. Cuando murió mi padre, sin rectificaciones de por medio y aportando correctamente toda la documentación de los herederos, más un bonito escrito explicando el testamento (que no era el típico, por lo que podía resultar complejo de entender por un profano, como lo es un tipo de la AEAT), tardaron cerca de un año en darnos el dinero y, encima, lo repartieron mal (dio igual porque todos los herederos estábamos en la misma cuenta).
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Enasua 01/02/24 08:25
Ha respondido al tema Deducción por cónyuge a cargo con discapacidad. Mínimo personal y familiar. - Deducción por discapacidad
No, los 8.000 se refieren a rentas netas. Los  mínimos no influyen en ese calculo, ni tampoco las reducciones ni deducciones.Pon, por ejemplo, el caso de una señora que obtenga 9.800 euros de rendimientos brutos del trabajo (trabajo por cuenta ajena), con 300 euros de gastos de seguridad social, más 10.000 euros de un alquiler de un piso, con 4.000 de gastos (de comunidad, impuestos, amortizaciones...), más 400 euros de intereses de un depósito bancario.Sus rentas netas son, para el cálculo de los 8.000: 9.800-300-2.000-3.500= 4.000 euros de trabajo; 10.000-4.000= 6.000 euros de capital inmobiliario; y 400 euros de capital mobiliario. Resultado: 10.400 euros de rentas netas, que superan los 8.000. Como verás, ni se tiene en cuenta la reducción de los rendimientos del trabajo a la que tiene derecho, ni la reducción de los rendimientos netos de capital inmobiliario del 60%. Porque sólo se descuentan gastos, nunca reducciones, ni mínimos, ni deducciones.
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Enasua 25/01/24 06:15
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Tu declaración se está tramitando en la AEAT. El dinero del Estado está en una cuenta del Tesoro, en el Banco de España.Son entidades completamente diferentes: la AEAT lleva el tema de recaudación del dinero del Estado; una vez está ese dinero recaudado, son los auditores e interventores del Estado quienes se hacen cargo del mismo para que para lo q sea. Quien está mirando tu renta es un auxiliar o un administrativo (o como mucho, un técnico si tienes una actividad económica en estimación directa, o cosas similares); es decir: un funcionario de bajo rango que no sabe nada ni del dinero que hay en el Tesoro ni de cómo se reparte. Pueden ser muchas cosas las que estén retrasando la tramitación de tu renta, pero no el que haya o no dinero para pagarla, que lo hay. Lo fácil es que, quien lo esté comprobando, tenga mucho trabajo y no sea muy rápido resolviendo. O que haya estado de baja y sus expedientes hayan quedado ahí varados; o que haya cambiado a otro puesto o a otra oficina y, lo que tenía pendiente, lo hayan tenido que asumir otros, sumándolo a lo que ya tenían. Es decir: las mismas razones por las que se retrasan las cosas en cualquier empresa, nada de conspiraciones de políticos retrasando adrede una devolución de escasa cuantía para emplearla en pagar una centésima parte de su sueldo mensual.Es la Navaja de Ockham: la explicación más sencilla suele ser la correcta.
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Enasua 16/01/24 05:36
Ha respondido al tema 100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
No: la deducción son 36 meses. Si cobraste el mes 0 (diciembre de hace 3 años, cobrado en enero porque siempre se cobra a mes vencido), tu último pago es noviembre del 23 (cobrado en diciembre porque siempre se cobra a mes vencido). Coge un calendario y cuenta. El mes en que el niño cumple 3 años ya no da derecho a la deducción (sería el mes 37).
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Enasua 15/01/24 09:32
Ha respondido al tema 100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
Antes, cuando era una deducción sólo para madres trabajadoras, para tener derecho al cobro anticipado tenías que trabajar más de la mitad del mes, pero ahora ya no debería ser así, deberías cobrar sin problema; lo único, que quizá tarden un poco al tener cambios en Seguridad Social, tendrán que comprobar tu solicitud de manera individual, pero no creo que haya problemas.
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