Enasua

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Enasua 22/05/26 10:15
Ha respondido al tema Delaración Renta 2025 - No residente
No has sido residente fiscal en España en 2015 y, en consecuencia, NO eres contribuyente del IRPF. NO puedes presentar autoliquidación de IRPF (modelo 100), sino que, para regularizar tu situación por los rendimientos de trabajo obtenidos en España en enero y febrero, tienes que presentar el IRNR (modelo 210).
Enasua 21/05/26 11:54
Ha respondido al tema Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad
A los ingresos brutos del trabajo se le restan los 2.000 euros de gastos por obtención de rendimientos de trabajo. Y, a lo que sale, se le suma el rendimiento neto de capital mobiliario y el rendimiento neto (ojo: no el reducido; es decir: el importe antes de aplicar la reducción por alquiler de vivienda habitual del inquilino) de capital inmobiliario.O sea: que en el caso que apuntas, la señora supera ampliamente los 8.000 euros netos de ingresos, por lo que no está a cargo de su marido y éste no puede aplicar la deducción.
Enasua 21/05/26 11:43
Ha respondido al tema Deducción por familia monoparental especial y tener dos hijos a cargo sin derecho a anualidades por alimentos.
La deducción por ascendiente con dos hijos a cargo sin derecho a anualidades es incompatible con la deducción por familia numerosa.Para tener derecho a la deducción por ascendiente con dos hijos, hay que tener derecho al total del mínimo por descendientes: o es realmente madre soltera (es decir: que los hijos sólo tengan los apellidos de la madre, porque el padre no ostente la patria potestad), o hay una sentencia judicial en la que se le atribuye la guarda y custodia completa (pero, en ese caso, es raro que no obliguen al padre a pasar anualidades).En caso de que cumpla los requisitos de esa deducción, o de la de familia numerosa, tendrá derecho por los meses en que haya estado cobrando el desempleo (no vale con estar de alta como demandante de empleo, hay que cobrar pres ación o subsidio) y por los que haya estado cotizando (con el límite de esas cotizaciones si son inferiores a 100 euros mensuales).
Enasua 20/05/26 03:56
Ha respondido al tema Segunda vivienda - Declaración de la Renta
Si no está volcada, sí, ponla tú.
Enasua 14/05/26 11:54
Ha respondido al tema Segunda vivienda - Declaración de la Renta
Es un mensaje nuevo para advertir a la gente que no lo declare si no corresponde, pero el programa sólo revisa 2012, así que, si ese año no se declaró la deducción, salta. Es sólo informativo y permite continuar con la declaración y presentarla.
Enasua 12/05/26 07:18
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Tengo ya respuesta a una REA que puse por mi madre, también maestra del Estado, trabajando como funcionaria de carrera 40 años, del 69 al 2010. Básicamente me dicen lo mismo que en el Recurso de Reposición: que la Mutualidad General de la Enseñanza Primaria no era una mutualidad LABORAL y, en consecuencia, no hay ajuste que valga.Eso, lógicamente, ya lo sabía, pero es que hay una discriminación que es a lo que yo me aferré: Seguridad Social, cuando no tenía datos antiguos, ha dicho "venga, vale, pues sí tiene derecho por esos años" y de ahí, seguro que todos conocéis casos, gente que ha sido agricultor autónomo toda la vida y tiene ajuste, o alguien como mi suegro, que conoce al dedillo toda su vida laboral, y tiene toda la documentación, y sabe que nunca cotizó a mutualidades (yo lo he repasado y es cierto), que también tiene el ajuste. Sin embargo, Clases Pasivas ha hecho lo contrario: ha dicho "no tengo datos anteriores al 76, por lo tanto, no tiene derecho". Y, seguramente el caso del maestro que tributa en régimen foral derive de eso: de que esa autonomía ha optado por hacer lo mismo que los de Seguridad Social.
Enasua 12/05/26 05:59
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
Buen punto. Pero una cosa es el valor del usufructo y, otra, su depreciación. Sería una muy buena pregunta para una consulta a la DGT.
Enasua 12/05/26 05:26
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
Es que tú sólo vas a vender la nuda propiedad y sólo tu porcentaje de participación; por tanto, el valor es el que consta en tu ISD.Tu hermano, otro tanto. Y, tu madre, tendrá que declarar la venta de su usufructo, teniendo en cuenta, para el importe de adquisición, que el valor del mismo se reduce un 3% anualmente.
Enasua 12/05/26 03:18
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
A efectos del IRPF no te sirve de nada cambiar valores porque, a pesar de la enorme patraña que te está intentando colar la notaría, el valor de adquisición a efectos de cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial es el que conta en el ISD presentado en tiempo y forma, como es vuestro caso y, si no se hizo, el valor de mercado en la fecha de fallecimiento de tu padre: artículo 36 de la Ley del IRPF; lleváselo al de la notaría para que lo lea.Pero, claro, los honorarios del señor notario sí aumentan si el valor que le dais en escritura es más alto...
Enasua 12/05/26 03:10
Ha respondido al tema Declaración Renta 2025
Hay una avería de Telefónica, afecta a las llamadas salientes de un montón de empresas, incluyendo el 112 y la AEAT, no pueden contactar. Hay que esperar a que Telefónica resuelva sus problemas.
Enasua 09/05/26 07:31
Ha respondido al tema Deduccion 340€
Sí, es sólo para rendimientos íntegros del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria.
Enasua 06/05/26 10:51
Ha respondido al tema Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.- Artículo 20 de Ley35/2006
Posiblemente tenga otros ingresos, distintos de los del trabajo, superiores a 6.500 euros: alquileres, imputaciones inmobiliarias, actividades económicas, ganancias patrimoniales por venta de acciones o inmuebles...
Enasua 06/05/26 10:49
Ha respondido al tema Arrendamiemto que no se cobra - Declaración de la Renta
Tienes que declarar los ingresos que no has cobrado. Y, como gastos, los mismos como "saldos de dudoso cobro", por lo que quedan compensados y no tributas. Y, además, puedes aplicar los gastos de IBI, seguro, comunidad y amortización, con lo que tendrás un rendimiento negativo que reducirá tu carga impositiva.
Enasua 06/05/26 10:47
Ha respondido al tema Grado discapacidad
No. Es una legislación diferente. Si no tiene discapacidad reconocida, no puede aplicar nada en el IRPF.
Enasua 05/05/26 06:22
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Sí, siempre que se pueda justificar que la reparación es para el bajo.
Enasua 04/05/26 07:55
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Sí, sin problema. Las facturas de los materiales, a tu nombre pero con la dirección del inmueble alquilado. Si te lo llevan a casa (porque sea un palet de ladrillos, o algo similar, así voluminoso), que aparezca en la factura la dirección de envío.
Enasua 29/04/26 04:46
Ha respondido al tema Ayuda renta 2025 por añadir niños CAPI
Si son menores de edad, ya forman parte de una declaración, si ésta se presenta en tributación conjunta. No hay que hacer nada más. 
Enasua 29/04/26 04:03
Ha respondido al tema Duda sobre discapacidad (Trabajador activo con discapacidad)
Sí, el tiempo de baja por incapacidad laboral transitoria cuenta, siempre que estuvieras con contrato de trabajo en vigor durante la baja.
Enasua 29/04/26 02:13
Ha respondido al tema Hijos menores con custodia inidividual a favor de mi expareja
Sí, efectivamente: tienes que borrar a tus hijos de tu declaración, no puede aparecer nada en el apartado de descendientes.Y puedes aplicar, en el apartado "anualidades por alimentos satisfechos por resolución judicial" la pensión que diga la sentencia que les tienes que pagar.
Enasua 27/04/26 08:30
Ha respondido al tema Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Sí.
Enasua 27/04/26 05:17
Ha respondido al tema Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Sí, ya te he dicho que sí.
Enasua 25/04/26 00:45
Ha respondido al tema Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Sí, también cuenta.
Enasua 25/04/26 00:45
Ha respondido al tema Deduccion por descendiente
En este caso sí; como ya dije, vinculación D.Pero, si hubiera resolución judicial y la custodia se la hubieran dado a la madre, no: no tendría que poner a su hija en la declaración. A cambio, aplicaría las anualidades por alimentos que le obligase a pagar el juez.
Enasua 24/04/26 14:38
Ha respondido al tema Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Lo que debes tener en cuenta es el rendimiento neto reducido de capital inmobiliario. A eso es a lo que podrás sumar lo que sea que rescates del plan de pensiones hasta el límite de los mínimos personales y familiares.Recuerda, además, que a los rendimientos del plan de pensiones se le restan 2.000 euros para obtener el rendimiento neto del trabajo. Es decir:Pongamos que tienes una discapacidad del 65%, es decir: un mínimo por discapacidad de 12.000 euros, más los 5.550 de mínimo personal son 17.550 euros que no van a tributar.Obtienes 12.000 de alquileres, que, una vez descontados gastos y reducciones, se quedan en 5.000.Pues puedes rescatar 14.000 euros anuales del plan de pensiones:14.000 - 2.000 (reducción general de rendimientos del trabajo) + 5.000 = 17.000, que, como es inferior a los mínimos, se compensa con éstos, quedando cuota 0.
Enasua 24/04/26 13:10
Ha respondido al tema Venta inmueble
Pues son 2 transmisiones: una, del usufructo adquirido por el fallecimiento de tu marido. El valor vendrá en el ISD que presentaste siendo él el causante y tú el sujeto pasivo; como te dije anteriormente, por cada año transcurrido desde esa fecha del deceso, tienes que reducir ese valor en un 3%; y, el valor de transmisión, si no viene expresamente en la escritura el importe del usufructo, lo calculas aplicando la fórmula: 89-tu edad en el momento de la venta, con un mínimo del 10%; ése es el porcentaje a aplicar sobre el total del precio del inmueble.La segunda transmisión es por tu 50% de nuda propiedad. Fecha, la de deceso de tu hija. Valor, el que ponga en el ISD. Y valor de transmisión, el 50% de lo que quedó tras quitar el usufructo en la fórmula del párrafo anterior.También hay que tener en cuenta los gastos que hayas soportado. Y, si has tenido la casa alquilada, hay que descontar las amortizaciones que hayas deducido, con un mínimo del 1% si no las aplicaste.