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Pensión de Sobrevivencia en Perú: ¿Qué es y cómo solicitarla?

Pensión de Sobrevivencia en Perú: ¿Qué es y cómo solicitarla?

La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio para los ciudadanos peruanos que han perdido a un ser querido y dependen económicamente de esa persona.

En Perú, este tipo de pensión proporciona apoyo financiero a los familiares sobrevivientes de un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones o del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP) fallecido. Sin embargo, comprender cómo funciona y cómo solicitarla puede ser un desafío.

En esta guía, te mostraremos los aspectos clave de la Pensión de Sobrevivencia en Perú para ayudarte a entender mejor este beneficio y los pasos necesarios para obtenerlo.

 ¿Qué es la Pensión de Sobrevivencia?


La pensión de sobrevivencia es un beneficio otorgado por el Estado peruano a los familiares de un trabajador fallecido que haya cotizado al Sistema Nacional de Pensiones o a una AFP.

Esta pensión tiene como propósito brindar apoyo económico a aquellos que dependían financieramente del afiliado fallecido, ayudándoles a cubrir sus necesidades básicas y garantizar cierta estabilidad económica en momentos difíciles.

¿Quiénes son los posibles beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia?


Son beneficiarios, aquellas personas que estén declaradas como beneficiarios. Los posibles beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia son:

·                Cónyuge: Si el afiliado tenía un cónyuge o conviviente al momento del fallecimiento, será el primer beneficiario de la pensión de sobrevivencia.

·                Hijos menores de edad: Los hijos menores de edad del afiliado fallecido también pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, incluso si no han nacido (no natos).

·                Hijos mayores de edad estudiando: los hijos entre los 18 y 28 años que estén estudiando de forma activa, ininterrumpida y satisfactoria.

·                Hijos mayores de edad (18 años) con discapacidad: Si el afiliado fallecido tiene hijos mayores de edad con discapacidad, estos también pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivencia.

·                Padres: En el caso de que el afiliado fallecido no tenga cónyuge, conviviente ni hijos, los padres pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivencia. La edad de los padres beneficiarios debe ser de 60 años para el padre y 55 años para la madre, con dependencia económica del afiliado fallecido.

Requisitos para la Pensión de Sobrevivencia


Obtener la Pensión de Sobrevivencia en Perú requiere cumplir con ciertos requisitos que dependen del sistema de pensiones al que pertenecía el fallecido, ya sea el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP). A continuación, se presentan los requisitos generales para ambos sistemas.

Relación con el fallecido


Es necesario demostrar la relación con el fallecido mediante un certificado de matrimonio para el cónyuge, o un certificado de nacimiento para los hijos. Los padres pueden demostrar su relación con el certificado de nacimiento del fallecido.

Cumplimiento de aportes mínimos


Para que los beneficiarios puedan acceder a la Pensión de Sobrevivencia, el afiliado debe haber estado contribuyendo a su AFP al momento de su fallecimiento o, en caso de que haya dejado de aportar, debe tener al menos 20 años de aportaciones a la AFP o haberse jubilado.

Edad de los beneficiarios


La edad de los beneficiarios de una pensión de sobrevivencia debe ser la siguiente:

·                Cónyuge: sin límite de edad.

·                Hijos: menores de 18 años.

·                Hijos con discapacidad: mayores de 18 años que hayan sido declarados como tal.

·                Hijos que estudian: mayores de 18 años y hasta 28 años.

·                Padres: madre de 55 años y padre de 60 años. Los mismos eran dependientes del afiliado antes de su fallecimiento.

·                Padres incapacitados: luego de ser declarados como tal, no importa la edad.

Cálculo de la Pensión de Sobrevivencia


El cálculo de la Pensión de Sobrevivencia en Perú puede variar dependiendo del sistema de pensiones al que pertenecía el contribuyente fallecido: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Cómo se determina la cantidad de la pensión


Sistema Nacional de Pensiones (SNP)


En el SNP, la Pensión de Sobrevivencia se calcula sobre la base de la pensión que estaba recibiendo el afiliado fallecido o la que hubiera correspondido en caso de no haber iniciado aún la jubilación.

 La viuda o el viudo reciben el 50% de esa pensión, y cada hijo menor de 18 (o hasta los 28 si están estudiando) o discapacitado sin límite de edad, recibirán el 20%. Si hay más beneficiarios, la suma de las pensiones no puede superar el 100% de la pensión que percibía o hubiera recibido el fallecido.

Sistema Privado de Pensiones (SPP)


En el SPP, administrado por las AFP, la pensión se determina por el saldo acumulado en la cuenta individual del afiliado fallecido y las expectativas de vida de los beneficiarios al momento de la defunción.

 Es decir, la AFP calcula cuánto se puede retirar mensualmente del fondo acumulado para pagar las pensiones durante la expectativa de vida de los beneficiarios.

 Los porcentajes para los beneficiarios son similares a los del SNP: 50% para el cónyuge y 20% para cada hijo menor de 18 (o hasta los 28 si están estudiando) o discapacitado sin límite de edad, sin superar el 100% del total.

Factores que pueden afectar el monto de la pensión


Existen varios factores que pueden afectar el monto de la Pensión de Sobrevivencia en Perú. Los principales son los siguientes:

·         Sistema de Pensiones: Como mencionamos anteriormente, el monto de la pensión puede variar dependiendo del sistema de pensiones al que pertenecía el fallecido. En el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), el monto se calcula en función de la pensión que el fallecido estaba recibiendo o hubiera recibido. En el Sistema Privado de Pensiones (SPP), el monto se calcula con base en el saldo acumulado en la cuenta individual del afiliado fallecido y la expectativa de vida de los beneficiarios.

·         Número de Beneficiarios: En ambos sistemas, la pensión de sobrevivencia se reparte entre los beneficiarios elegibles. En general, el cónyuge o compañero(a) de vida recibe el 50% de la pensión, y cada hijo menor de 18 (o hasta los 28 si están estudiando) o discapacitado sin límite de edad, recibe el 20%. Si hay más beneficiarios, la suma de las pensiones no puede superar el 100% de la pensión que el fallecido estaba recibiendo o hubiera recibido.

·         Edad de los Beneficiarios: En el SPP, la expectativa de vida de los beneficiarios se utiliza para calcular el monto de la pensión. Por lo tanto, la edad de los beneficiarios puede tener un impacto significativo en el monto de la pensión.

·         Tiempo de Contribución: En el caso del SPP, el monto de la pensión también puede estar influenciado por la cantidad de tiempo que el afiliado estuvo contribuyendo, dado que eso afecta el saldo acumulado en la cuenta individual.

·                Rentabilidad de la Cuenta Individual: En el SPP, la rentabilidad de las inversiones realizadas por la AFP también puede influir en el monto acumulado en la cuenta individual del afiliado, y por ende, en el monto de la pensión.

Proceso de Solicitud de Pensión de Sobrevivencia


Una vez que se han cumplido los requisitos tanto para acceder a la Pensión de Sobrevivencia como el cálculo de la cantidad de la pensión de cada beneficiario, es necesario iniciar el proceso de solicitud. Aquí te explicamos cuáles son los documentos necesarios y los pasos a seguir para presentar la solicitud.

Documentación necesaria para la solicitud


La documentación común que deberán presentar los solicitantes beneficiarios es la siguiente:

·         DNI o documento de identidad.

Para el cónyuge o concubino, los requisitos son los siguientes:

·         Copia autenticada de la partida de matrimonio.

·         Pronunciamiento judicial que confirme la unión de hecho. Si no la tiene, documento donde se avale el inicio del proceso para declarar una unión de hecho.

·         Escritura pública donde se reconozca la unión de hecho. Debe estar inscrita en los registros públicos.

Para los hijos:

·         Si es un hijo no nato, certificación médica que haga constar el embarazo. Luego del nacimiento, se regularizará con su respectiva partida de nacimiento. Además, deberá acompañarse de una declaración de filiación paterna consentida (judicial).

·         Para los menores de 18 años, partida de nacimiento autenticada.

·         Para los hijos mayores de 18 años con invalidez permanente, el dictamen de invalidez expedido por el COMAFP o por el COMEC (SBS).

·         Para los hijos mayores de 18 años con estudios básicos o superiores, declaración jurada que son estudios de primera carrera, plan de estudios y constancia de notas o documento de aceptación por parte del centro de estudios.

Para los padres:

·         Copia autenticada de la partida de nacimiento del afiliado.

·         En caso de invalidez, dictamen de invalidez expedido por el COMAFP o por el COMEC (SBS).

·         En caso de dependencia económica, declaración jurada de manifestación de dependencia económica con el afiliado fallecido. Su ingreso mensual debe ser menor a la remuneración mínima vital vigente a la fecha del suceso.

Paso a paso para la presentación de la solicitud


Es importante destacar que cada beneficiario puede realizar su solicitud digitalmente. Los pasos a  seguir para realizar esta solicitud son:

1. Como beneficiario, a través de las webs de las AFP, debes llenar los formularios correspondientes y adjuntar los requisitos requeridos. En la web también se encuentran los formatos de declaración jurada de beneficiarios, dependencia económica, entre otros.

2. Luego de los 2 días útiles, recibirás la conformidad o aceptación de la solicitud. En este caso se verifica si el afiliado tiene cobertura de seguro de sobrevivencia. Si no tiene este seguro, la pensión se calcula en función del monto total que hay en el fondo. Si está cubierto con este seguro, se aportará la diferencia para cubrir las pensiones de todos los beneficiarios. De exceder el límite, el excedente se recibirá como herencia.

3. De ser aceptada la solicitud, se tienen que pedir las cotizaciones de pensión para los diferentes beneficiarios. Todos deberán estar presentes en la cita para conocer las propuestas de cotización de las aseguradoras y de la AFP.

4. Al conocer las cotizaciones, todos los beneficiarios deberán elegir la modalidad de pensión que mejor se adapte a sus requerimientos. Se pueden elegir el mismo día de la presentación o en una fecha posterior, pero que no supere el vencimiento de las mismas.

Tiempo de respuesta y aprobación


Los tiempos de respuestas o aprobaciones de la solicitud son los siguientes:

·         Para la respuesta a la solicitud, hasta 2 días útiles.

·         Para la conformidad, hasta 90 días después del fallecimiento.

·         Para la presentación de las cotizaciones, hasta 7 días útiles después de emitida la conformidad.

·         Las propuestas de cotización tienen una validez de 30 días calendario.

·         El primer pago de pensión se recibe 15 días útiles después de elegida la modalidad de pensión (una de las cotizaciones presentadas).

·         Los pagos siguientes al primero se percibirán dentro de los últimos 7 días útiles de cada mes.

¿Qué sucede después de recibir la Pensión de Sobrevivencia?


Una vez que se recibe la pensión de sobrevivencia, es importante conocer las obligaciones y derechos como beneficiario y la duración de la pensión.

Duración de la pensión


La Pensión de Sobrevivencia se otorga en forma de renta vitalicia, lo que significa que se pagará una cantidad mensual por el resto de la vida del beneficiario. En el caso de los hijos menores de edad, la pensión se otorga hasta que cumplan los 18 años. En el caso de los hijos mayores de edad con discapacidad, la pensión se otorga por el resto de su vida.

Obligaciones y derechos como beneficiario


Como beneficiario, hay ciertas obligaciones y derechos que se deben cumplir. Entre las obligaciones se encuentran:

·         Informar a la AFP sobre cualquier cambio en la situación de los beneficiarios o de la situación económica del hogar.

·         Devolver a la AFP cualquier pago indebido que haya sido recibido.

Entre los derechos se encuentran:

·         Acceder a información sobre el monto de la pensión y el estado de cuenta.

·         Recibir la Pensión de Sobrevivencia de forma regular y puntual por parte de la AFP, una vez cumplidos los pasos y requisitos señalados previamente.

Situaciones Especiales en la Pensión de Sobrevivencia


Para finalizar, vamos a darte un resumen de situaciones especiales en las que se puede entregar la pensión de sobrevivencia.

Cómo afecta contraer nuevas nupcias o la cohabitación a la pensión


En la actualidad, la pensión de sobrevivencia no es afectada por un nuevo matrimonio o una cohabitación (unión de hecho) respecto de la primera pareja. El beneficiario cónyuge sobreviviente tiene derecho de rehacer su vida, ya que el derecho de pensión no es en función del estado civil sino en función del aportante.

Pensión de Sobrevivencia para hijos mayores de edad con discapacidad


Con respecto a los hijos mayores de edad que sean declarados médicamente con incapacidad total previo al deceso del beneficiario, serán beneficiados con un porcentaje de 14%. La discapacidad debe ser certificada por el COMAFP.

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