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Tipos de Pensiones en Perú: ¿Qué modalidades existen?

Tipos de Pensiones en Perú: ¿Qué modalidades existen?

En la actualidad, Perú cuenta con el SPP, un sistema que le permite a los trabajadores dependientes optar por una pensión digna. Pero, ¿qué tipos de pensiones otorga el Sistema Privado de Pensiones?

A continuación, se detallarán cada una de ellas, de este modo, si eres afiliado sabrás cuál te conviene.

Entendiendo la importancia de la pensión

La pensión es un elemento crucial de la planificación financiera a largo plazo y la seguridad financiera. A medida que las personas envejecen y llegan a la jubilación, la capacidad de trabajar y ganar un ingreso regular puede disminuir. En este punto, la pensión se convierte en una fuente vital de ingresos que puede ayudar a cubrir los costos de vida y a mantener un cierto nivel de estilo de vida.

Es por ello la importancia de comenzar a planificar y contribuir a un plan de pensiones lo antes posible. Aunque puede parecer una preocupación lejana, la jubilación puede llegar más rápido de lo esperado y tener un plan sólido de pensiones puede proporcionar tranquilidad y seguridad financiera en los años dorados.

Las bases del Sistema Privado de Pensiones (SPP)

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Perú es un sistema de capitalización individual, donde cada afiliado tiene una cuenta de capitalización personal a la que se acreditan sus aportes y la rentabilidad generada por las inversiones.

A diferencia de los sistemas de reparto, donde las contribuciones de los trabajadores en activo se utilizan para pagar las pensiones de los jubilados, en el SPP cada trabajador acumula ahorros para su propia jubilación.

Las bases fundamentales del SPP son:

·         Aportes Obligatorios: Los afiliados deben aportar mensualmente un porcentaje fijo de su salario al SPP.

·         Cuenta Individual de Capitalización: Cada afiliado tiene una cuenta individual de capitalización en la que se acreditan sus aportes y la rentabilidad generada por las inversiones de la AFP

·         Inversión de los Fondos: Las AFP invierten los fondos de pensiones en diversos instrumentos financieros con el objetivo de generar una rentabilidad para los afiliados

·         Pensión de Jubilación: Cuando el afiliado llega a la edad de jubilación, tiene derecho a recibir una pensión de jubilación financiada con los ahorros acumulados en su cuenta individual de capitalización.

·         Pensión de Invalidez y Sobrevivencia: El SPP también ofrece protección contra riesgos de invalidez y fallecimiento. En caso de invalidez, el afiliado tiene derecho a recibir una pensión de invalidez. En caso de fallecimiento, los beneficiarios del afiliado tienen derecho a recibir una pensión de sobrevivencia.

Pensión de Retiro

Todo trabajador tiene el derecho de tener una jubilación digna que le permita disfrutar del trabajo que realizó durante años. Por esa razón, el Sistema Privado de Pensiones otorga la posibilidad de optar por la pensión de retiro.

¿Qué es la pensión de retiro?

La pensión de retiro o jubilación es un beneficio monetario para el afiliado que ya ha cumplido 65 años de edad. En este caso, el trabajador recibe un pago por haber aportado mensualmente un porcentaje de su sueldo al prestar sus servicios al país.

¿Cómo se calcula la pensión de retiro en el SPP?

El monto que recibe un afiliado se calcula tomando en cuenta algunos factores tales como:

·         Dependiendo el fondo acumulado y la rentabilidad que haya generado.

·         El bono de Reconocimiento.

·         Número de beneficiarios.

·         Modalidad y moneda que se ha elegido en la pensión.

Pensión de Jubilación Anticipada

Según la LEY N.º 30939 del Sistema Privado de Pensiones, los afiliados tienen la oportunidad de optar por una jubilación anticipada, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos y condiciones.

¿Qué es la jubilación anticipada?

Es un régimen que permite la jubilación del afiliado, aunque todavía no cuente con la edad establecida, según ciertas condiciones y requisitos establecidos

Requisitos y condiciones para la jubilación anticipada

Existen dos tipos de jubilación anticipada, cada una con sus requisitos y condiciones:

Jubilación Anticipada Ordinaria: Los hombres pueden acceder a partir de los 55 años y las mujeres a partir de los 50 años, siempre y cuando cumplan con una condición: el monto acumulado en su cuenta de AFP les permita obtener una pensión igual o superior al 40% del promedio de su remuneración o ingreso asegurable de los últimos 120 meses de aporte.

Jubilación Anticipada por Desempleo: Los afiliados que lleven 12 meses consecutivos sin trabajo y sin realizar aportes a su AFP pueden acceder a esta modalidad, sin importar la edad que tengan. Sin embargo, la pensión que se recibirá será proporcional a lo que se haya ahorrado en la cuenta de AFP, es decir, podría ser inferior a lo que se recibiría si se espera a la jubilación ordinaria.

Ahora bien, los requisitos que debe cumplir un afiliado para poder solicitar la jubilación anticipada son los siguientes:

·         Presentar la solicitud, incluyendo una declaración jurada de la autenticidad del documento.

·         Copia de los documentos que respalden la relación laboral o la declaración simple que consigne la conexión profesional. Entre los documentos a presentar se encuentran.

·         Certificado de trabajo.

·         Boleta de pago de remuneración.

·         Liquidación de los beneficios sociales o la compensación por tiempo de servicios.

·         Justificación de las aportaciones de la Oficina de Registro emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social o de EsSalud.

·         Copias de los certificados CPR, CPE u otros comprobantes de pago por el IPSS o EsSalud.

·         Al presentar alguna discapacidad, es necesario tener el certificado que avale dicha condición.

Pensión de Invalidez

Uno de los beneficios más notorios del Sistema Privado de Pensiones es que ofrece la pensión de invalidez, que permite a los afiliados contar con respaldo para hacer frente a las situaciones inesperadas.

¿Qué es la pensión de invalidez?

Consiste en un beneficio creado para aquellos aportantes que han perdido el 50% de su capacidad de trabajo, debido a una causa no profesional ni provocada intencionalmente. La naturaleza de invalidez puede ser de carácter temporal o definitiva.

¿Cómo se determina la elegibilidad para la pensión de invalidez en el SPP?

Para poder obtener este beneficio, la condición de invalidez debe ser respaldada por Comité Médico de las AFP (COMAFP) o el Comité Médico de la Superintendencia (COMEC). Tras la evaluación, se establece si es incapacidad temporal o permanente.

Además, el afiliado debe cumplir con una serie de requisitos, tales como:

·         Estar asociado al Sistema Privado de Pensiones.

·         No estar recibiendo el pago por pensión de jubilación.

·         Tener menos de 65 años.

·         Ser declarado en situación de invalidez por alguno de los organismos autónomos establecidos.

Pensión de Sobrevivencia

Por lo general, cuando muere uno de los miembros de la familia, en especial si es el proveedor, los demás integrantes quedan desprotegidos. No obstante, como afiliado, con la pensión de sobrevivencia, puedes brindarle un soporte a tus familiares después del fallecimiento.

¿Qué es la pensión de sobrevivencia?

La pensión de sobrevivencia es un beneficio que se otorga a los familiares de un afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Perú que fallece. Este beneficio está destinado a proporcionar un ingreso a los familiares que dependían económicamente del afiliado.

¿Quiénes son elegibles para recibir la pensión de sobrevivencia en el SPP?

Los beneficiarios elegibles para la pensión de sobrevivencia son:

·         Cónyuge o concubino.

·         Hijos no nacidos,

·         Hijos menores de 18 años.

·         Hijos mayores de 18 años que hayan sido declarados por el comité médico con invalidez total y permanente para el trabajo.

·         Hijos con más de 18 años que continúen los estudios básicos o superiores, sin interrupciones, abarca hasta los 28 años de edad.

·         Padre o madre que presente una invalidez dictaminada por COMAFP o COMEC.

·         Padre de 60 años o madre de 55 que sean dependientes del afiliado.

Por otro lado, para que los beneficiarios tengan acceso a la pensión, el afiliado debe cumplir los siguientes requisitos:

·         Haber realizado al menos 4 aportes mensuales en los 8 meses antes del fallecimiento. En caso de ser trabajador independiente, es necesario aportar de forma oportuna.

·         La causa del fallecimiento no haya ocurrido por algunas de las exclusiones establecidas por la administradora.

El monto final se dividirá entre los beneficiarios según el porcentaje de parentesco establecido.

·         Cónyuge o concubino sin hijos: 42%

·         Cónyuge o concubino con hijos 35%

·         Hijos menores de 18 años: 14%

·         Hijos mayores de 18 años, pero que continúen los estudios básicos o superiores: 14%.

·         Hijos mayores con invalidez: 14%

·         Padres con invalidez o dependientes: 14%

Pensión Mínima Garantizada

En el Sistema Privado de Pensiones (SPP) de Perú, se establece una Pensión Mínima Garantizada (PMG) para asegurar que los afiliados que cumplen con ciertos requisitos reciban una pensión mínima al jubilarse.

¿Qué es la pensión mínima garantizada?

Se trata de un régimen que puede obtenerse al estar afiliado con el SPP. Actualmente, existen 2 tipos de pensiones mínimas, y cada una de ellas cuenta con sus propias características y requisitos particulares.

La primera es la Pensión Mínima - Ley N.° 27617, consiste en un beneficio que representa una garantía. Es otorgado por el Estado y dirigido a aquellos trabajadores que, aunque cumplieron con los requisitos de años de aporte y edad, aun así, no alcanzan para conseguir una pensión que supere el mínimo ya establecido.

En segundo lugar, el SPP ha dispuesto la Pensión Mínima - Ley N.° 2899. Este beneficio es establecido para los afiliados del SPP que antes de su creación pertenecían al Sistema Nacional de Pensiones. Tiene un equivalente en términos anuales similar a la que reciben los aportantes del SNP.

Requisitos y condiciones para recibir la pensión mínima garantizada en el SPP

Los requisitos dependerán del tipo que se elija, refiriéndonos a la Pensión Mínima - Ley N.° 27617, las condiciones para recibirla son:

·         Tener un mínimo de 65 años de edad, pero no estar percibiendo una pensión de jubilación al momento de realizar la solicitud ante la AFP.

·         Realizar aportaciones efectivas al menos durante 20 años completos entre el SNP o el SPP.

·         Que las aportaciones realizadas se hayan calculado según la base de la Remuneración Mínima Vital.

En cuanto a la Pensión Mínima - Ley N.° 2899, los requisitos indispensables son:

·         Haber pertenecido al SNP al momento de la creación del SPP el 06 de diciembre de 1992.

·         Tener  65 años de edad al momento de presentar la solicitud.

·         Haber alcanzado un mínimo de 20 años de aportación en el SNP o SPP.

·         Aceptar pagar la deuda por el diferencial de aportes.

Rentas Vitalicias y Retiro Programado

Una vez que los afiliados  al SPP alcanzan la edad de jubilación y deciden retirar sus fondos, tienen dos opciones principales para recibir su pensión: las Rentas Vitalicias y el Retiro Programado. Ambos tienen sus ventajas y desventajas, y la elección entre uno y otro dependerá de las circunstancias individuales del afiliado.

¿Qué son las rentas vitalicias y el retiro programado?

·         Rentas Vitalicias: Esta opción implica que el afiliado cede su fondo de pensiones a una compañía de seguros, la cual se compromete a pagarle una pensión de por vida. El monto de la pensión se determina en función del fondo de pensiones del afiliado y de las tablas de mortalidad utilizadas por la compañía de seguros.

·         Retiro Programado: En esta opción, el afiliado mantiene su fondo de pensiones en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y recibe una pensión mensual calculada en función de su esperanza de vida y del saldo de su fondo.

¿Cómo elegir entre rentas vitalicias y retiro programado?

La elección entre rentas vitalicias y retiro programado es una decisión personal que depende de factores como el apetito de riesgo, las expectativas de vida, las necesidades financieras y la situación familiar del afiliado. Aquí hay algunas consideraciones que pueden ayudar a tomar esta decisión:

Seguridad financiera: Las rentas vitalicias proporcionan una pensión fija y garantizada de por vida, lo cual puede ser atractivo para aquellos que valoran la seguridad financiera y quieren evitar el riesgo de mercado.

Control sobre el fondo de pensiones: El retiro programado permite al afiliado mantener el control sobre su fondo de pensiones. Esto significa que puede beneficiarse de las ganancias de las inversiones, pero también está expuesto a las pérdidas.

Esperanza de vida: Si tienes una esperanza de vida superior a la media, podrías beneficiarte de las rentas vitalicias, ya que te proporcionarán una pensión de por vida, independientemente de cuánto tiempo vivas. Por otro lado, si tu expectativa de vida es menor, podrías preferir el retiro programado, puesto que te permite dejar el saldo restante de tu fondo de pensiones a tus herederos.

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