Acceder

Contenidos recomendados por harko

harko 06/05/22 08:49
Ha respondido al tema Empleada de Hogar
Si la nueva declaración NO modifica la cuantía final de la declaración inicial en una cantidad a ingresar superior teniendo en cuenta el ingreso y/o devolución de la primera declaración o resulta a devolver una cantidad inferior sin que se haya producido la devolución solicitada en inicio,  estaríamos hablando de una rectificación de autoliquidación. En otro caso, cuando la nueva declaración teniendo en cuenta  los ingresos y/o devoluciones previos resulta a ingresar estaríamos ante la presencia de una complementaria.Saludos.
Ir a respuesta
harko 06/05/22 07:24
Ha respondido al tema Empleada de Hogar
Esta es mi opinión:Lo normal es que la cuota de seguridad social que corresponde al empleada la deduzca el empleador de los ingresos brutos al pagar la nómina. Simplificando la estructura de la nómina sería:Ingresos brutos: 530€.Descuentos Cuotas SS: 30€.Liquido a percibir: 500€.Esto quiere decir que si declaras el neto percibido (500€/mes) y además descuentas la cuota de Seguridad Social que corresponde a la empleada estarías tributando por una base inferior.Si el salario bruto es de 500€ y lo que ocurre es que la cuota de seguridad social del empleado la asume el pagador, estaríamos ante una retribución en especie, de manera que el resultado sería similar: 500€ de ingresos dinerarios y 30€ de retribución en especie. De manera que el bruto a declarar sería de 530€/mes y los gastos de 30€.En todo caso como las cuotas de Seguridad Social son deducibles la base de tributación va a ser la misma si se computa solo el salario neto sin descontar cuotas de seguridad social.Saludos.
Ir a respuesta
harko 13/04/20 06:46
Ha respondido al tema Obtener referencia para datos fiscales sin importe casilla 505 - Declaración de la Renta
En tanto permanezcan cerradas las oficinas presenciales de la Agencia Tributaria, una forma es solicitar el registro en clave PIN mediante carta invitación. Una vez recibida la carta y con el CSV de la misma,  un número de teléfono móvil y la fecha de caducidad (o expedición en caso de DNI permanente) registrarse en el sistema clave de la AEAT de acuerdo con las instrucciones contenidas en la carta.Con el alta en Clave se puede obtener la referencia y muchos otroas más trámites en la SEDE de la AEAT.Saludos.
Ir a respuesta
harko 27/02/20 15:41
Ha respondido al tema Liquidación provisional de hacienda por deducción en alquiler de vivienda
Lo de los 100 km no es un criterio. Es el requisito de la norma autonómica para aplicar la deducción.(Letra n) artículo 4 Ley 13/1997 de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.  Que, durante al menos la mitad del periodo impositivo, ni el contribuyente ni ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute, de otra vivienda distante a menos de 100 kilómetros de la vivienda arrendada.Saludos.
Ir a respuesta
harko 22/10/18 14:30
Ha respondido al tema Deducción descendiente por hijo con minusvalía . Requisitos de los limites de los ingresos del hijo
Pues con los números que se indican, yo entiendo que ha presentado declaración, ya que está obligado, pero con "rentas" inferiores a 1.800€. De acuerdo con las consultas de la Dirección General de Tributos y lo que se entiende por concepto de rentas yo creo que el hijo estando obligado y habiendo presentado renta, sus rentas son inferiores a 1.800€ y por lo tanto da derecho a la aplicación del mínimo que pueda corresponder por el. Por rentas debe entenderse la suma algebraica de los rendimientos netos (del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, y de actividades económicas), de imputaciones de rentas y de las ganancias y pérdidas patrimoniales computadas en el año. En este caso sería:  Rentas del trabajo: 2.709,38€ Pérdidas patrimoniales: -1.500,00€ Suma algebraica de rendimientos y ganacias/pérdidas patrimoniales: 2709,38-1500,00=1.209,38<1.800,00€. La consulta siguiente va en este sentido  http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V3250-13   Saludos.  
Ir a respuesta
harko 09/05/18 09:23
Ha respondido al tema Verguenza de tlf 901 de Hcienda para pedir cita previa a Hacienda 2017 - Declaración de la Renta
Todos los años pasa lo mismo los primeros días yo te aconsejo que en lugar del 901 llames al  91 553 00 71 pues la llamada te sale más barata, o mejor todavía que conciertes la cita por Internet con el número de referencia. Evitarás los "atascos telefónicos". Si te ha dado cita el servicio automático siempre puedes cambiar o anular con la referencia entrando en el servicio de cita previa de Internet. Además este año también existe un servicio que si cumples los requisitos puedes hacer que te llamen y te cumplimenten la declaración por teléfono. https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/_comp_Renta/_columnas__contenedor_Columnas_/_col_columna1/_AYUDA/_Servicios_de_ayuda_para_confeccionar_su_Renta_/Asistencia_telefonica/Asistencia_telefonica.shtml Pero llamar los primeros días para la cita y en horarios punta es una odisea.   Saludos.  
Ir a respuesta
harko 13/04/18 12:41
Ha respondido al tema Referencia conyuge extranjero sin cuenta corriente para declaración conjunta
En la web de la FNMT que es la encargada de tramitar el certificado se indica:   https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-software/acreditar-identidad   Documentación necesaria para acreditar identidad: El solicitante del certificado deberá presentarse en una de nuestras Oficinas de Registro para acreditar sus datos por un documento de identidad válido y vigente: Ciudadano de nacionalidad española: El código de solicitud que le ha sido remitido a su cuenta de correo electrónico y El Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir. Ciudadano extranjero: El código de solicitud que le ha sido remitido a su cuenta de correo electrónico y Documento Nacional de Identificación de Extranjeros o el Certificado de Ciudadano de la Unión donde conste el NIE junto con Pasaporte o documento de identidad de país de origen.   Saludos.
Ir a respuesta