Acceder

Contenidos recomendados por franjgr

franjgr 26/03/24 06:23
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Podría pasar que lo considerarán renta mensual, pero en ningún lugar consta cual es criterio para pasar de un tratamiento a otro, así que el SEPE debería pensárselo antes de contradecir a unas instrucciones firmadas por director general en base a una opinión particular de un gestor. Luego podría ser fácil de desmontar en un juzgado si no justifican muy bien 
Ir a respuesta
franjgr 25/03/24 16:35
Ha respondido al tema Subsidio mayores 52 años
Los pagos únicos se deben dividir entre 12 independientemente de los meses que se haya tenido la letra.Las instrucciones del SEPE dicen que se traten como pagos únicos.
Ir a respuesta
franjgr 25/03/24 16:29
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si el SEPE en sus instrucciones dice que tratarlo como pago único, pues habrá que tratarlo como pago único, de hecho el tratamiento es más beneficioso.Dividir el importe del beneficio entre 12, sea cual sea el tiempo que se haya tenido la letra e imputar el cociente solamente al mes de la venta (en realidad al día de la venta y el mes siguiente de fecha a fecha)
Ir a respuesta
franjgr 25/03/24 11:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Bufff, pues acabo de decir lo contrario hace pocos días por desconocimiento de que salía reflejado como tal en esta instrucción.Si lo dice la instrucción, obviamente el computo debe hacerse como pago único, estemos de acuerdo o no.La Ley General de la Seguridad Social y el RD 625/1985 sólo hablan de pagos únicos y rentas periódicas, por lo que, cuando el carácter no esté claramente diferenciado, son las instrucciones las que deben decir si algo es pago único o renta periódica.La instrucción puede cambiar por iniciativa del propio SEPE o por sentencias judiciales, la Ley no, pero mientras no se de este caso la instrucción es lo valido.
Ir a respuesta
franjgr 25/03/24 09:17
Ha respondido al tema Subsidio con cargas familiares
Es difícil que el SEPE pueda hacerlo automáticamente cuando no tiene los datos de esas unidades familiares en la gran mayoría de casos, al haberse concedido subsidio sin cargas o no haber solicitado la persona. También la situación d convivencia o no puede cambiar y no ser la misma que meses antes.Podrían haber buscado algún grado de automatización en los casos que si tenían los datos, pero nunca lo han hecho cuando han cambiado de criterio, si cuando lo que cambia es la propia Ley
Ir a respuesta
franjgr 23/03/24 11:41
Ha respondido al tema Mayores 52 venta propiedad, se resta diferencia valor comprar- venta - Subsidio
Reiniciemos.Hasta el momento de la venta, usted tiene una propiedad cuyo valor es el valor catastral.Todos los meses el SEPE debe imputarle el interés presunto del 3,25% anual por ese valor catastral.En el mes de la venta, usted tiene una renta por la plusvalía de la venta de la propiedad, esa renta hay que dividirla entre 12 y sumarla a otras rentas que pueda tener.A partir del mes siguiente tiene un capital del total del dinero obtenido por la venta y vuelve a producir un interés presunto del 3,25% anual, pero ahora por los 20000 euros. 
Ir a respuesta