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Bacalo 07/05/24 09:09
Ha respondido al tema Que hacer en caso de fallecimiendo de padre
ya, pero te pueden bloquear la mitad del dinero salvo para pagar las domiciliaciones, a nosotros es lo que nos hizo Caixabank: la mitad del dinero a una cuenta nueva, y el resto bloqueado hasta que se presentó la liquidación de impuestos y el reparto casi 6 meses después.Si me pillan ahora, hago lo que se propone en este hilo, y que pensé en su momento porque también era un fallecimiento que se venía venir, lo que pasa es que no había necesidad económica: hubiera movido todo el dinero a una cuenta nueva antes del fallecimiento, salvo lo necesario para abonar los recibos hasta que se hubieran cambiado las domiciliaciones.Repito, si se liquida correctamente con Hacienda el impuesto de Sucesiones y hay acuerdo entre los herederos, es hasta lo mejor mover el dinero.
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Bacalo 07/05/24 09:05
Ha respondido al tema Que hacer en caso de fallecimiendo de padre
a Hacienda lo que hay que presentarle es el impuesto de Sucesiones correctamente: como la ley dice que se tiene en cuenta el saldo a fecha de fallecimiento, o el máximo que hubiera 1 año antes, para evitar casos como el que planteas de vaciar la cuenta, pues tendréis que poner que la valoración es la mitad de lo que haya en la cuenta ahora. El problema lo tendrías si pones 0 y luego Hacienda ve que se ha retirado el dinero días antes.Luego está la cuestión que te han señalado, de posibles problemas si hay varios herederos y a alguno no se le da la parte que le corresponde.
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Bacalo 07/05/24 08:06
Ha respondido al tema Que hacer en caso de fallecimiendo de padre
es una buena solución, pues hay bancos que precisamente cuando se enteran del fallecimiento bloquean la mitad del dinero hasta que se presente el Impuesto de Sucesiones y el reparto de la herencia, y ofrecen pasar la mitad a una cuenta del superviviente. Mientras en cualquier caso liquidéis el impuesto de Sucesiones, no veo problema.
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Bacalo 07/05/24 08:03
Ha respondido al tema Duda con la vivienda habitual
vivienda habitual es en la que vivas ahora desde el momento que te trasladaste, igual que será tu domicilio fiscal. Por tanto, desde la fecha que te cambiaste, la vivienda nueva es la habitual, y la otra, si sigues siendo dueña, estará a tu disposición y será por la que tengas que pagar imputación de rentas por "estar a tu disposición". Y al revés antes de esa fecha de traslado, si eras dueña de ambas viviendas.El plazo de 3 años es para que se consolide ese carácter de vivienda habitual, de cara a que si por ejemplo se vende con más de 65 años de edad, la ganancia esté exenta, o se pueda reinvertir la ganancia en caso de venta dejándola exenta, o no haya que devolver las deducciones por adquisición de vivienda habitual. Pero en  cualquier día del año debes residir en una vivienda que sea la "habitual".La Comunidad Autónoma en la que tienes que presentar la declaración en 2023 es en la que viviste más días. Si por ejemplo te cambiaste el 1 de septiembre de vivienda a otra Comunidad, aunque tu domicilio fiscal y vivienda habitual esté en la nueva Comunidad, tienes que elegir la Comunidad antigua al rellenar la declaración, y entonces las deducciones autonómicas serán las que ofreciese esa Comunidad en 2023.
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Bacalo 07/05/24 03:51
Ha respondido al tema AYUDA.... TUTOR LEGAL hermana DISCAPACIDAD 75% renta 2017
si tu hermana cobra 750 euros por 14 pagas, son 10.500 euros, más o menos lo que es la pensión mínima.Si la pensión está exenta del Impuesto de la Renta por ser del tipo  incapacidad absoluta o gran invalidez, entonces no se tiene en cuenta y tu hermana tiene rendimientos netos de menos de 8.000 euros, luego puedes incluirla como descendiente con discapacidad, siempre que tengas justificantes de que le pagas la ropa u otras necesidades para su vida (la vivienda no , ya que no vive en ella), y desde el mes que te nombraron tutor (si ha sido ahora en 2024, no puedes incluirla para la declaración de 2023).Si la pensión no está exenta, entonces sus rendimientos netos superan los 8.000 euros (10.500 menos 2.000) y no puedes deducir por ella.Así que revisa bien los datos: tipo de pensión, cantidad exacta anual que cobra.Sobre tu madre, "grado 2", "grado 3" es de dependencia, y no se puede deducir por ella. La discapacidad, que es lo que permite deducir por un ascendiente, se mide en porcentaje (40%,etc) y es otra cosa distinta. Revisa los papeles a ver exactamente cuál es la situación de tu madre.
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Bacalo 06/05/24 10:42
Ha respondido al tema Venta vivienda habitual mayores de 65 años
así es, no se restringe la exención sólo a la primera vez que se venda la vivienda habitual. A los 3 años puede vender esa nueva vivienda habitual con la ganancia exenta.Únicamente hay límite de 240.000 euros para la exención por reinversión de ganancias patrimoniales en rentas vitalicias por mayores de 65 años, en la venta de acciones, fondos de inversión o viviendas distintas de la habitual.
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Bacalo 06/05/24 05:26
Ha respondido al tema Fiscalidad dividendo Ferrovial julio 2023 (con cargo a las reservas por prima de emisión)
efectivamente el pago como reducción de la prima de emisión reduce el valor de adquisición cuando se vendan.Pero si tomas este criterio, entonces veo difícil que puedas recuperar el 15% retenido en origen a través de la declaración del IRPF, ya que la deducción por doble imposición internacional está limitada por el menor del 15% o lo que se pague por ese rendimiento en España, que sería 0 en la declaración de este año.Tal vez sería que tomes como reducción del valor de adquisición a futuro el neto descontado el 15%, la situación en cualquier caso es rara, que para la retención en un país lo consideren dividendo en efectivo y en el otro, reducción de prima.
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Bacalo 03/05/24 13:31
Ha respondido al tema Deducción por discapacidad del cónyuge por discapacidad reconocida posteriormente
las resoluciones suelen tener la fecha de reconocimiento, entiendo que es septiembre en tu caso.Es cierto que en otras deducciones -la de familia numerosa- los tribunales -y Hacienda- han admitido que se pueda reconocer la circunstancia por un medio distinto al de la fecha de emisión del libro de familia, que puede tardar meses en las Comunidades Autónomas que hay atasco. Aquí podría aplicarse el mismo criterio (si a la fecha de la presentación, se han aportado unos documentos sobre el estado de la persona solicitante que han sido suficientes para la resolución positiva). Pero mientras que en la deducción de familia numerosa lo dicen explícitamente, en la de familiar con discapacidad, no, se ciñen a lo que ponga en los certicados de los organismos que emiten la resolución. Y así será hasta que alguien lo lleve a los tribunales y le den la razón, como con el caso citado de las familias numerosas:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-relacionadas-hijos-descendientes/deduccion-familia-numerosa/quien-corresponde-deduccion.html "Podrás acreditar que formas parte de una familia numerosa con el título oficial de familia numerosa o por cualquier medio de prueba admisible en Derecho. "https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/definicion-acreditacion-grado-discapacidad/acreditacion-grado-discapacidad.html" Tendrás que acreditar el grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida con un certificado emitido por el IMSERSO o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. "
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Bacalo 03/05/24 13:23
Ha respondido al tema ING me RETIENE una transferencia de TREPUBLIC de alto importe
a mí ING me ha retenido transferencias desde otros países de la UE en un par de ocasiones y he tenido que justificar el origen.Curiosamente, era desde cuentas mías en el extranjero a las que en su momento envié el dinero desde ING. Y curiosamente, desde cuentas en España no he tenido nunca problemas, y con cantidades más elevadas. Viva el mercado único europeo.¿qué indicios hace que en sus sistemas les salte una alerta?pues sospecho al menos de dos datos:-la cantidad de dinero transferida, obviamente.-el recibir dos transferencias en poco tiempo. Esto me pasó en al menos una de las ocasiones; creo que uno de los mecanismos que usan los hackers que acceden a cuentas ajenas es precisamente ir vaciándolas poco a poco, bien porque haya límite diario de transferencias desde la cuenta robada, o por no despertar sospechas con una cantidad elevada de golpe; por lo que entiendo que los bancos ya tienen configurados sus sistemas para que este comportamiento genere una alerta. Así que si quiere transferir por ejemplo 20.000+20.000, mejor esperar y hacerlo en una sola transferencia o dejar pasar varias semanas entre transferencias. En otro caso, probablemente paren la 2ª transferencia.Los pringadillos de atención al cliente no tienen ni idea de estos temas, esto lo configura el equipo que tengan de detección de fraude/blanqueo/etc o incluso hoy en día se supone que aplican la famosa "inteligencia artificial" que puede ir aprendiendo y aplicar sus criterios sobre lo que un humano no tiene ni p...a idea de por qué toma una decisión.
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Bacalo 03/05/24 02:43
Ha respondido al tema Pensión de Viudedad
tal vez tenga derecho a una mejora en el porcentaje de pensión de viudedad para mayors de 65 años, que parece no conceden automáticamente, o también el complemento a mínimos es mayor, si ya lo recibe imagino es automático su actualización, pero si casualmente está la pensión por encima de la mínima de menores de 65 pero por debajo de la de mayores, probablemente tendría que pedirlohttps://www.65ymas.com/opinion/cartas-a-la-directora/mejora-pension-viudedad-mayores-65-anos_56779_102.html
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