si hablas de programas de "ayuda" como el de la Comunidad de Madrid, son una auténtica basura, que contienen hasta ilegalidades como considerar el 3% de ajuar por todo el patrimonio, cuando ha habido hace unos meses una sentencia del Supremo indicando que solo se debe considerar el ajuar sobre los inmuebles a disposición del fallecido, no sobre el dinero, ni acciones o inmuebles alquilados, por ejemplo. "Casualmente" no tienen tiempo para corregirlo. Pero como son lentejas, como tantas cosas en las administraciones públicas, a tragar con su funcionamiento.Como te conté en otro mensaje, previo a la herencia se ha hecho la disolución de gananciales, así que para quitarse de líos, lo mejor es poner que los bienes son privativos del fallecido (si se le asignaron al 100% en la disolución) para que el programa no los divida entre 2. Al final te tienen que cuadrar los números del montante declarado de lo que se hereda.