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ITF en Perú: qué es, tasa y por qué se paga el Impuesto a las Transacciones Financieras

 
que es el itf
Aunque se cumpla con la obligación de pagar el Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF, es justo preguntarse ¿por qué se paga el ITF?, y aquí ofrecemos la respuesta sobre este impuesto.
 

¿Por qué se paga el ITF?

El ITF fue creado en 2004 mediante la Ley N° 28194 con el objetivo de impulsar la bancarización de las operaciones económicas y comerciales a través del sistema financiero. La bancarización permite formalizar las transacciones, identificar su origen y destino, y facilitar la fiscalización de la SUNAT contra la evasión tributaria y el lavado de activos.

En consecuencia, se paga el ITF para combatir la evasión e impulsar la formalización de la economía. Grava las transferencias de fondos, el cobro de cheques de gerencia, los giros bancarios y cualquier retiro o depósito en cuentas del sistema financiero. Están excluidos los depósitos por remuneraciones, pensiones, CTS y los pagos de servicios básicos.

 

¿Quiénes deben declarar y pagar el ITF?

Son responsables de declarar y pagar el ITF ante la SUNAT, en calidad de agentes de retención o percepción, las empresas del sistema financiero y las empresas que practiquen transferencias de fondos. Para el usuario final, el descuento es automático: el banco lo retiene y lo transfiere al fisco sin que el contribuyente deba presentar formulario alguno.

 

Tasa del ITF

La tasa del ITF es del 0,005% sobre el valor de cada operación afecta, vigente desde 2011 cuando se redujo desde el 0,10% original. Es la tasa mínima histórica y se mantiene sin cambios.
Ejemplo: si realizas una transferencia de S/ 10.000, el ITF retenido es S/ 10.000 × 0,00005 = S/ 0,50.
Las empresas están obligadas a usar medios de pago bancarizados para transacciones que superen los S/ 2.000 o US$ 500. Si no lo hacen, no pueden deducir ese gasto ante el Impuesto a la Renta.

 

Medios de pago sujetos al ITF

Los medios de pago reconocidos por la Ley de Bancarización, y por tanto sujetos al ITF, son:
  • Depósitos en cuenta
  • Giros y transferencias de fondos
  • Órdenes de pago
  • Tarjetas de débito y crédito
  • Cheques no negociables, intransferibles o no a la orden

 

Crédito del ITF en el Impuesto a la Renta — personas naturales

El ITF pagado durante el año permite deducir la renta neta del trabajo de una persona natural (rentas de cuarta y quinta categoría). El monto puede consultarse en el Formulario Virtual de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, o mediante la constancia emitida por la entidad financiera donde el contribuyente mantenga cuentas afectas al ITF.

Para las empresas, el ITF pagado es deducible como gasto en la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría, siempre que esté debidamente sustentado con la documentación bancaria correspondiente.

 

Operaciones afectas al ITF — personas naturales

  • Abono o débito en cuentas bancarias (salvo movimientos entre cuentas del mismo titular)
  • Pagos a una empresa del sistema financiero
  • Adquisición de cheques de gerencia, certificados bancarios o cheques de viajero
  • Giros o envíos de dinero mediante el sistema financiero o empresas de transferencia de fondos

 

Operaciones excluidas del ITF

  • Abonos a cuentas de remuneraciones o pensiones abiertas por empleadores a nombre de trabajadores
  • Abonos a cuentas de CTS de los trabajadores
  • Acreditaciones o débitos en cuentas de fondos mutuos o fondos de inversión por aporte de sus asociados
 
El ITF nace de la necesidad de combatir la evasión y formalizar la economía. Su tasa del 0,005% lo hace casi imperceptible en operaciones cotidianas, pero su impacto en la trazabilidad financiera es relevante. El marco legal que lo sustenta forma parte del Código Tributario peruano y su incumplimiento puede derivar en un proceso de cobranza coactiva por parte de la SUNAT.
 

Preguntas frecuentes sobre el ITF


La tasa del ITF es del 0,005% sobre el monto de cada operación afecta, vigente desde 2011 y sin cambios hasta 2026. Por ejemplo, en una transferencia de S/ 10.000 el ITF retenido es S/ 0,50.


Sí, en dos formas. Para personas naturales con rentas de cuarta o quinta categoría, el ITF pagado en el año se deduce de la renta neta del trabajo en la declaración anual. Para empresas, es gasto deducible en la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría.


Desde S/ 2.000 o US$ 500 según la Ley N° 28194. Las empresas que paguen obligaciones por montos superiores a esos umbrales deben hacerlo mediante medios de pago del sistema financiero. Si no lo hacen, no pueden deducir ese gasto en el Impuesto a la Renta.
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