Historia y marco legal
El REJA fue creado el 26 de octubre de 2009 con la Ley 29426. En 2016, la Ley 30425 amplió su vigencia. En agosto de 2021, la Ley 31332 uniformizó la edad mínima de acceso en 50 años cumplidos para todos los afiliados al SPP, eliminando las diferencias que existían entre regímenes. La reforma previsional de la Ley 32123 volvió a subir ese umbral: con su reglamento, el REJA exige ahora 55 años tanto a hombres como a mujeres.
Requisitos para el retiro AFP por desempleo
- Edad: desde los 55 años y antes de cumplir 65, tanto mujeres como hombres.
- Tiempo de desempleo: al menos 12 meses consecutivos antes de la solicitud.
- Rentas de cuarta categoría: si trabajaste como independiente en los 12 meses previos, el total no puede superar 7 UIT.
Documentación necesaria
Para proceder al retiro de tu AFP debes:
Trabajadores de cuarta categoría
- Declaración Jurada indicando 12+ meses de desempleo y si se tiene o no RUC.
- Si se tiene RUC: los ingresos por cuarta categoría en los últimos 12 meses no deben superar 7 UIT. Con la UIT 2026 de S/5.500, el límite es S/38.500. La AFP verifica este dato directamente.
Trabajadores de quinta categoría
- Declaración Jurada de desempleo de 12+ meses, o bien:
- Documento que acredite el cese laboral: certificado de trabajo, copia legalizada de la liquidación de beneficios sociales o certificado de retiro de la CTS.
- La AFP verifica que no haya aportes acreditados o devengados en los últimos 12 meses bajo relación de dependencia.
¿Qué puede retirar el afiliado?
Si cumples los requisitos, puedes elegir entre:
- Pensión mensual: una de las modalidades estándar del SPP (renta vitalicia, renta temporal u otras).
- Retiro del 95,5%: recibir hasta el 95,5% del total acumulado en tu CIC en efectivo. El 4,5% restante va automáticamente a EsSalud para garantizar la cobertura de salud del afiliado.
- Combinación: retirar menos del 95,5% y complementar con una pensión sobre el saldo restante.
Pasos para solicitar el retiro
- Verifica tu situación en la AFP (saldo, elegibilidad) a través del portal o por contacto directo.
- Solicita información completa a tu AFP. Tienes 7 días hábiles para decidir y formalizar la solicitud (online, telefónica o presencial).
- La AFP te citará para la entrega presencial de documentación en los casos que corresponda.
- La AFP verifica el cumplimiento de requisitos y aprueba o rechaza la solicitud.
- Una vez aprobada, el depósito se realiza en un máximo de 3 días hábiles en la cuenta bancaria que indiques.
Impacto en la pensión futura
Retirar el 95,5% tiene consecuencias permanentes:
- Pierdes la condición de pensionista del SPP: no recibirás pensión mensual futura.
- Tus beneficiarios (cónyuge, hijos menores, hijos mayores que estudian o están inválidos, padres dependientes) pierden el derecho a pensión de sobrevivencia y la cobertura EsSalud al fallecimiento.
- El capital deja de ser inembargable una vez depositado en cuenta bancaria.
- Quienes opten por el retiro del 95,5% no tendrán acceso a la pensión mínima garantizada por el Estado.
- La Ley 32123 dejó sin la opción del 95,5% a quienes tenían menos de 40 años el 25 de septiembre de 2024. Como el REJA exige 55 años, hoy no afecta a quienes se acogen a él.
Implicaciones fiscales
Desde el 1 de enero de 2019, el retiro por desempleo está sujeto al Impuesto a la Renta en Perú. Los fondos retirados bajo el REJA están clasificados como rentas de quinta categoría, sujetos a la escala progresiva del IR según la normativa del SPP. La AFP realiza las retenciones correspondientes antes del depósito. Para conocer el impacto fiscal específico en tu caso, consulta con un asesor tributario o con la SUNAT.
Cuándo conviene pedir el retiro por desempleo
El REJA tiene sentido cuando llevas un año sin trabajo, pasas de los 55 y necesitas liquidez real, no para financiar un gasto que puede esperar. Antes de firmar, pide a tu AFP la simulación de cuánto cobrarías como pensión y cuánto como retiro: con las dos cifras delante, decidir entre ingreso mensual o capital es mucho más sencillo.
Dudas frecuentes sobre el retiro de AFP por desempleo
Sí, siempre que tus rentas de cuarta categoría de los últimos 12 meses no superen 7 UIT, es decir, S/38.500 con la UIT de este año. Si tienes RUC, la AFP te pedirá el reporte tributario de rentas de cuarta categoría de la SUNAT con una antigüedad máxima de 30 días.
El bono de reconocimiento se suma a tu fondo, pero no de inmediato: se hace efectivo dos años después de acogerte al REJA o al cumplir 65 años, lo que ocurra primero. Solo aplica si aportaste a la ONP antes de pasar al Sistema Privado de Pensiones.
No. La Ley 32123 dispuso que quienes tenían menos de 40 años el 25 de septiembre de 2024 ya no podrán retirar el 95,5% al jubilarse. Quienes tenían 40 años o más en esa fecha conservan esa opción, también si se jubilan por desempleo.
Fuentes consultadas:
- Ley 29426, Ley 31332 y Ley 32123 (El Peruano)
- SBS: Sistema Privado de Pensiones
- AFP Habitat: jubilación anticipada por desempleo