Hola,En el contrato, en la parte de condiciones particulares, añadieron el texto que les indique:Se pacta una antigüedad inicial de XX años, la cual se computará a los efectos del cálculo de la indemnización por despido que procediera.Y, sí, lo hablé con un abogado y me dijo que si es válido. Lo único, que si la empresa quiebra FOGASA, solo te reconoce los años reales.Un saludo