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Albertoluis 31/03/15 16:21
Ha respondido al tema Fallecimiento del titular de una cuenta: ¿Cómo debe actuar el banco y qué derechos tienes como heredero?
También podéis hacer la autoliquidacion del impuesto de sucesiones con los datos conocidos dentro del plazo de seis meses. Si fuera de ese plazo, conocieses nuevos bienes que debieron incluirse en la herencia, se puede presentar una declaracion complementaria. De pagar algún recargo, o tipo de interés, sería sólo por la diferencia entre la complementaria y la declaración inicial.
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Albertoluis 26/03/15 18:10
Ha respondido al tema Si incluyo a mi madre de titular en mi cuenta, ¿se considera donación?
Una cosa es que siendo una madre la legítima heredera de su hijo, pueda sacar el dinero del banco cumpliendo con la legislación vigente, y otra cosa es que por sacar el dinero de la cuenta de su hijo sin cumplir determinados trámites, esté cometiendo un delito. Jtorres, por lo que he leído, más que por lo que sé, el delito de alzamiento de bienes tipifica la conducta de "quien se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores". Por lo tanto, sólo puede cometerlo quien posee los bienes, pero si éste ha fallecido, no puede cometerlo quien, por herencia, tendrá derecho a poseerlos. Otra cosa sería hablar de apropiación indebida o de estafa por "limpiar" la cuenta utilizando, por ejemplo, las tarjetas que tuviese como autorizada. Aunque, en rigor, tampoco debería de hacerlo si fuese cotitular de la cuenta porque ella no es la propietaria del dinero. En el caso de la apropiación indebida, el delito lo cometen quienes "EN PERJUICIO DE otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración.Y el delito de estafa, lo cometen, entre otras actuaciones, "quienes utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase EN PERJUICIO DE su titular o de un tercero." En la definicion de todos los delitos he resaltado en mayúsculas la expresión "EN PERJUICIO DE". Por lo tanto, si damos por hecho que la madre es la legítima heredera, no puede cometer delito alguno al disponer del dinero de la cuenta, sin cumplir los trámites administrativos habituales para la adjudicación de la herencia, porque a nadie perjudica. Mi respuesta inicial la daba en un contexto de joven que vive con sus padres, empieza a trabajar, se abre su cuenta nómina y, "por si le pasa algo", que alguien de confianza esté de titular o autorizado para sacar los escasos euros que tenga en el banco. Quizá no sea correcto dar una respuesta aconsejando hacer lo que es una práctica habitual, pero no un delito, en los casos de personas que fallecen dejando en el banco poco más que la última pensión cobrada. Yo he pasado por esa situación cuando falleció mi madre,(todavía estaban las pesetas). "Limpié" la cuenta con sus tarjetas de cajero y transferencias on line, siempre con conocimiento de mis hermanos,.... y aquí paz y después gloria.
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Albertoluis 18/04/12 17:30
Ha respondido al tema BankiaLink ONLINE (antigua tubancaja)
Estoy en la misma situación respecto a la imposibilidad de obtener la clave de operaciones. Por teléfono me dicen que sólo es posible a través de la web. ¿Cómo es posible que no podamos disponer de nuestro dinero por un problema técnico que llevan días sin resolver, ni saben decirte cuando va a estar resuelto? . Aunque ya he hecho una reclamación en la web de Bankialink, mañana me acercaré a una oficina de Bankia. Si no puedo operar con mi antigua cuenta de Bancaja, que ahora, según consta en el nuevo contrato, ya es de Bankia, presentaré una reclamación en el Banco de España.
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Albertoluis 09/11/11 10:39
Ha respondido al tema Reducción linea de crédito VISA CEPSA
Mi experiencia en este asunto ha sido breve, pero productiva: Me enviaron el SMS avisándome de la reducción del límite a 1200 €; no hice mucho caso porque lo confundí con otra de las tarjetas que tengo. Un par de días después me denegó el pago de una compra en un comercio. Llamé a Citibank para informarme y me dijeron lo ya conocido por todos. Pregunté sobre cuál era el trámite para cancelarla y al día siguiente ya tenía la tarjeta operativa, con el límite de siempre y , "lo mejor de todo", con un ingreso de 20 euros por una retrocesión por exceso de límite que nunca me han cobrado. Supongo que antes o después me lo quitarán, pero demuestran una muy deficiente capacidad de gestión.
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