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Tommy70 24/03/14 09:52
Ha comentado en el artículo Modelo 720: Preguntas más frecuentes
Muchas Gracias por la respuesta. En principio es lo que he comprendido. La razon que tenia dudas es que articlo 42 contiene el siguiente 'En todo caso será obligatoria la presentación de la declaración en los supuestos previstos en el último párrafo del apartado 1 y en el último párrafo del apartado 2, respecto de los valores, derechos, acciones y participaciones respecto de los que se hubiese extinguido la titularidad a 31 de diciembre' Pense que significaba que siempre tenia que declarar la venta de acciones que he declarado modelo 720 el 31/12-2012. Es problemente el termino 'extinguido la titularidad' que me ha confundido. Un saludo cordial
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