Gracias por tu respuestaSegún lo que escribes aunque haya tributado allí el 30 por ciento no podría trasladar esa cantidad aquí y solo podría trasladar el 10 por ciento y pagar aquí por la diferencia que es otro 11 por ciento (21 por ciento se tributa en España) Es que me parece abusivo esta norma porque veo que lo que he abonado allí se pierde prácticamente y debería volver a pagar por el bruto otro 11 por ciento más Muchas gracias