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Contenidos recomendados por Marta Alvi

Marta Alvi 25/05/20 02:33
Ha respondido al tema Casilla 1277 y siguientes - Declaración de la Renta
Hola! Se tratan de rendimientos del capital mobiliario negativos que tienes pendiente de compensar de años anteriores.Si durante los años anteriores (hasta 4) tuviste alguna pérdida de capital mobiliario, derivada de bonos, títulos de renta fija, etc puedes compensarla en tus declaraciones.
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Marta Alvi 13/05/20 01:47
Ha respondido al tema No casados con 2 hijos y viviendo juntos - Declaración de la Renta
Según la Agencia Tributaria, si convivís juntos en el mismo domicilio sí podéis formar una unidad familiar: 2ª Modalidad: unidad familiar en caso de separación legal o inexistencia de matrimonioCuando no exista vínculo matrimonial o los cónyuges estén separados legalmente, y, además, el contribuyente tenga hijos menores o sujetos a patria potestad prorrogada, integrarán la unidad familiar el progenitor (el padre o la madre) con todos los hijos que convivan con él de los que se han mencionado anteriormente; es decir:Los hijos menores (con excepción de los que con el consentimiento de sus padres vivan independientemente)Tendrás que relacionar a los hijos con la vinculación adecuada a vuestra situación. Te dejo el enlace para que lo puedas consultar. 
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Marta Alvi 13/05/20 01:41
Ha respondido al tema Deducción de alquiler en Madrid con contrato firmado tiempo después de entrar a vivir en el piso
Hola, la deducción del alquiler es solo teniendo en cuenta los pagos de 2019. Según dices " Sin embargo, la cantidad total pagada en concepto de alquiler durante 2019 sí es suficiente para aplicar la deducción. "Si durante 2019 tenías un contrato en vigor y cumples los requisitos, te lo puedes deducir.Recuerda que para no tener problemas y tener derecho a la deducción, debes tener pagado el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales también.
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Marta Alvi 13/05/20 01:37
Ha respondido al tema Mi primera declaración de la renta... da error.
Si eres autónomo, el límite de los 22.000€ no debe ser tu referencia, ya que se trata de un límite fijado para los rendimientos del trabajo, es decir, el sueldo que te paga una empresa ajena.Si has facturado en 2019 más de 1000€ como autónomo, estás obligado a presentar la declaración.Tendrás que reflejar en el apartado de Actividades Económicas los resultados de tus operaciones, atendiendo a la modalidad en la que estás dado de alta: estimación directa, objetiva, por módulos, etc.El aviso de las deducciones autonómicas se refiere a que no has añadido ninguna y quizá tengas derecho a alguna. En ese caso, el resultado de la declaración será más beneficioso para ti. Te dejo el enlace de las deducciones autonómicas para que le puedas echar un vistazo.Otro enlace que te pueden servir:- Autónomos: errores más frecuentes en la Declaración de la Renta 2019 Realizar la declaración de la renta de un autónomo puede resultar difícil si nunca lo hemos hecho o no tenemos muy claros algunos conceptos. Es muy fácil equivocarte al introducir los datos y eso te puede ocasionar un problema en el futuro.Hoy en día hay muchas asesorías online que te pueden ayudar a realizarla por un precio muy asequible. Te dejo el enlace de alguna.Un saludo.
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Marta Alvi 12/05/20 06:21
Ha respondido al tema Españoles retornados tras años trabajando en un país Europeo
Antes de traer tu dinero a España quizá estés obligado a realizar el Modelo S1 de la Agencia Tributaria sobre medios de pago.Si primero vienes a España, tendrás que presentar el Modelo 720 informando sobre las cuentas que tengas en el extranjero con más de 50.000 euros.Si Hacienda está informada, no deberías de tener ningún problema para transferir el dinero. 
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Marta Alvi 11/05/20 06:04
Ha respondido al tema Obligación a declarar - Suiza
Estás en lo cierto.Debes tributar en España por tu renta mundial, sin perjuicio de lo que se disponga en el Convenio para evitar la doble imposición internacional suscrito entre España y ese país.
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Marta Alvi 11/05/20 03:03
Ha respondido al tema Vinculación de hijos en la renta 2019
Hola! Si no tienes la custodia compartida de tus hijas del primer matrimonio y viven con tu ex pareja, la vinculación adecuada es la C ya que forman unidad familiar con tu ex cónyuge pero debes indicarlo: C. Hijo exclusivamente del «Cónyuge», siempre que éste no conviva también con el otro progenitor. Respecto a tu último hijo, si no existe matrimonio pero convivís juntos, la vinculación sería D: Hijo del «Primer declarante» cuando dicho hijo también convive con el otro progenitor.Se utilizará esta clave en los siguientes supuestos:Si no existe matrimonio entre ambos progenitores o en los casos de separación legal o divorcio cuando además la guardia y custodia de los hijos está compartida.Tu estado civil, si no existe matrimonio ni sois pareja de hecho, es soltero.Te dejo el enlace para que puedas consultar todas las vinculaciones.
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