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Karajo 29/11/20 17:46
Ha respondido al tema Inminente explosión segunda burbuja 2021-2022 - vivienda
Coincido contigo y me incluyo en esa parte con poca cultura financiera. Hasta hace un año no me he metido en el tema y eso que tengo amigos bien posicionados que saben (fondos de inversión y demás) .Sinceramente antes de ponerme autónomo no tenía tantas posibilidades económicas pero ahora y si todo continúa como parece, debo y quiero manejar bien mis ingresos. De ahí, el interés en este foro y otros para aprender y no fallar.Yo pienso igual que tu, que esto va a explotar y va a afectar a buena parte  del tejido inmobiliario nacional. Para un joven, emprendedor, autónomo y con ganas de poder aspirar a una vivienda es una alegría si esto sucede. Y si sucede y bajan tanto pues quedará bien claro que tanto estaban inflados los precios.
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Karajo 29/11/20 17:22
Ha respondido al tema Inminente explosión segunda burbuja 2021-2022 - vivienda
Cuando expresé lo de mafioso me refiero a todos estos tipos de prácticas. Por ejemplo Metrovacesa, la promotora de los pisos nuevos habia que adelantar 20% +3000+IVA para hacer la reserva y financiarlo hasta que tengan tu casa lista. Pues bien, si llegado dia por lo que fuese el banco no te aprueba la hipoteca te devuelven solo el 50% y si quieres el otro 50% corre al juzgado.  Para mi, esta forma de operar es mafiosa y que decir que se pusieron de acuerdo las grandes inmobiliarias para subir los precios en plena pandemia. Esto me lo dijo literalmente la chica que nos atendió.Vamos a ver si se ajustan los precios para poder comprar.Saludos,
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Karajo 29/11/20 08:06
Ha respondido al tema Inminente explosión segunda burbuja 2021-2022 - vivienda
Gracias por vuestros comentarios.Si, la verdad que tema vivienda nueva al igual que los coches, me parece una "tonteria", salvo el gusto de entrenar algo. Además me ahoraria el IVA si compro de segunda mano y es un buen pellizco. El tema está cuando lanzarse a comprar, está claro que no sabemos a ciencia cierta como va a evolucionar el mercado, pero la tendencia es que se presentará una situación complicada para una buena parte de la sociedad que se quedará sin trabajo a la que finalicen los ERTE. Ya hablan que un 30% de pymes se verán obligadas a cerrar y eso que aún no ha llegado la tercera ola que se presume en Enero y que desgraciadamente va a hacer mucho daño.Entiendo que vuesto consejo es, explorar el mercado continuamente y esperar... pero según vuestra experiencia va a haber rebajas del 25-40% proximamente?Saludos,
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Karajo 29/11/20 06:38
Ha respondido al tema Inminente explosión segunda burbuja 2021-2022 - vivienda
Hola,llevo muchísimo tiempo leyendo este post para ver como avanza la situación inmobiliaria. Soy un joven autónomo (desde hace 13 meses) con 34 años que estoy pensando en comprar mi primera vivienda, en Mollet del Vallés( a 25km de Barcelona) ya que aqui es dode hay mucha industria y mis clientes principales.El tema es que estuve viendo unas promociones de vivienda nueva aqui en Mollet con compra bajo plano (Metrovacesa) donde habia que ir pagando en cuotas durante 2 años hasta recibir la vivienda (con el riesgo que supone eso). La vivienda era un piso de unos 88m2+ 20m2 con pisciina comunitaria, jardin y bien ubicado. El precio unos 280.000+IVA (garaje aparte unos 18000, y trastero unos 8000€).Eramos dos posibles compradores (amigos) y las rebajas fueron de 3000€, vamos una miseria!! Total que me pareció un precio totalmente desproporcionado y hablando con la chica al final se sinceró que  el precio de coste no era mas de 130k, por lo que me parece una auténtica mafia el tema inmobiliario en este país.Dicho esto, de momento estoy a la espera para ver como avanza el merca y me gustaría saber vuestras opiniones al respecto. ¿ Recomendaís comprar vivienda nueva ?¿ Si compraseis vivienda de segunda mano con cuanto años de construcción como máximo?¿ Van a bajar los precios en los próximos meses por el aumento del paro?Agradeceré cualquier aporte y opinión.Muchas gracias,
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Karajo 08/04/20 10:22
Ha respondido al tema Dudas Modelo 190, certificado de retenciones e ingresos y exención art 7p
Hola,si que podrias recalcularlo y hacer a autoliquidación en la renta. Para ello deberás de presentar la siguiente documentación:- Contrato con tu empresa- certificado de retenciones e ingresos que tu empresa te entregó. No hace falta que esté corregido aunque seria lo suyo si es que realmente saben como se aplica el 7p al 100% que lo dudo mucho por mi experiencia en varias empresas...- Nominas- Targetas de embarque+factura hotel+ visados+ cualquier info que pruebe tu estadía en el extranjero- Certificado por viaje de tu ex empresa firmado y sellado donde conste que dias estuviste fuera,porque y la casa del cliente donde  trabajaste y que se vea claro que tu servicio repercutió en el beneficio del destinario residido en el extranjero, o sea ,tu cliente. Esto parece una tonteria pero los certificados debe de quedar claro eso.- certificado donde tu empresa diga que esas retribuciones especiales (horas extras,bonus por ir al extranjero) y cualquier cantidad que quieras deducirte habiendotela ganado en tus viajes en el extranjero , tu ex-empresa te lo deberia de hacer (esto suelen pedirteo en el 2 requerimiento).En resumen, toda la documentación que acredite tus viajes, tu recalculas todo y se lo entregas a hacienda y a esperar normalmente más de 6 meses para que te contesten y ahora con el covid19 ya ni quiero imaginarlo pero si, se puede conseguir todo lo que dice el 7p y deducirte el salario diario bruto por el nº de dias en el extranjero, horas extras o pluses por tus viajes,dietas al 100%....cualquier duda, aqui estamos para aportar.Saludos,
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Karajo 15/04/19 15:15
Ha respondido al tema ATENCIÓN: Requerimiento exención 7p renta 2017
Os comento, ya que por fin ha acabado satisfactoriamente todo el proceso y hemos descubierto que el manual de la renta está muy mal explicado como se calcula parte proporcional exenta por días trabajados efectivamente en el extranjero. Con el certificado de la empresa explicando el concepto de plus productividad y dietas, me han aceptado el plus productividad como exento, por lo tanto un 97% de lo que pedía. Lo curioso que me lo han liquidado antes de darme opción al recurso de reposición, muy muy curioso... El dato importante de todo esto es que el cálculo de la parte exenta por los días trabajados en el extranjero funciona así: De todas las retribuciones dinerarias que tributan IRPF, debes de restarle todas las retribuciones especificas exentas y entonces sobre esa base calcular el total exento por días desplazados efectivamente en el extranjero. Ejemplo: Cobras 50000€ de los cuales 10000 han sido pluses y bonus por  50 días trabajados en el extranjero. Total exento dias=((50000-10000)*50dias/365dias) Para los días desplazados efectivamente en el extranjero, consideran todos los días trabajados y los dias de tránsito los que sales a primera hora de la mañana y vuelves a última hora de la tarde. Dicho todo esto que espero que ayude a más de alguno, comentar que son un desastre equivocandose y contradiciendose en cada notificación que me enviavan y siniquiera revisarse bien la documentación aportada obligandote a justificar una y otra vez los mismos asuntos. Realmente PENOSO que una administración pública tenga esta nivel y no se digne ni a modificar el Manual de la renta con un ejemplo claro de como se cálcula y se aplica. PA-TE-TI-CO   Un saludo y cualquier duda estoy a vustra disposición.   gracias,      
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