Hola Ton67
El ajuar domestico se calcula (si o si) haya conyuge superviviente o hayan tres sobrinos.
Es una adición a la masa hereditaria, se determina aplicando un tipo fijo (3%) sobre el caudal relicto.
Y se correspondería con los bienes muebles y enseres de uso personal que había en el patrimonio personal del fallecido.
Espero haber ayudado