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¿Qué es la enajenación del inmueble?

¿Qué es la enajenación del inmueble?

Aquellos que pasan por ciertas situaciones respecto a inmuebles y se preguntan ¿qué es la enajenación del inmueble? algo que les puede tocar es bueno conocer de qué se trata enajenar un inmueble y si los puede afectar, beneficiar o no.

 

¿Qué es la enajenación del inmueble?

 

 

¿Qué es la enajenación del inmueble?

Enajenación es la acción y efecto de enajenar o enajenarse. El verbo se refiere a transmitir a alguien el dominio de algo. La enajenación de bienes, como la enajenación de un bien inmueble es el derecho a traspasar bienes de un patrimonio a otro, pudiendo deberse a un hecho o acto jurídico, el que se da la transmisión de un bien puede suceder darse de en forma de Compra / Venta / Renta / Donación. Al darse mediante una persona una enajenación de un bien obteniendo un ingreso deberá pagar un impuesto.

Algunos contribuyentes que pueden realizar una enajenación de un bien inmueble suelen no tener del todo claro ciertos aspectos por lo que se lo explicaremos: En el aspecto jurídico y del Derecho Civil; la enajenación significa hacer la transferencia del derecho real de un patrimonio a otro como es el caso de un bien inmueble.

 

Definición de Enajenación: Sentido amplio y estricto

La definición de enajenación puede tener un sentido amplio o muy específico todo depende de cada caso. En el amplio sentido la enajenación es la transferencia del dominio o cualquier derecho real entre dos patrimonios y en el sentido estricto, la enajenación significa el derecho real de dominio y no a los demás. Por lo que la enajenación es definida como una consecuencia jurídica surgida de una obligación de entregar, en la búsqueda de transferir el dominio o conformar un derecho real a favor.

En Derecho es utilizado el término para referirse y determinar lo que es la transferencia de un derecho real, la relación jurídica existente entre una cosa y una persona, de un bien patrimonial a otro y puede afectar a un bien por completo o a una parte del bien.

La enajenación puede alcanzar el total o en parte cuando sea materialmente divisible sin que signifique la desaparición de su utilidad -sine damno- y bajo condición que el disponente tenga condición de titular único del derecho.

  • Por lo que sí, A vende su vehículo a B, en dicha situación lo está enajenando tomando el sentido estricto y amplio también, ya que transfiere el derecho de dominio existente sobre el vehículo desde el patrimonio de A al de B.
  • Mientras si A constituye el derecho real de prenda sobre el vehículo en favor de B, como forma de garantizar una deuda que tuviera ante él, en ese caso está enajenando la cosa en el sentido amplio.

El darse esa diferenciación permite conocer respecto a las prohibiciones de enajenar y las demás garantías que pueden constituirse; siendo de importancia relacionado con la facultad de disposición al ser uno de los aspectos importantes del dominio, para algunos tiene carácter de inaceptable la permanencia del derecho si se suprime dicha facultad.

 

Declaración y Pago del Impuesto por venta de inmuebles

Si vendes un inmueble, existen dos obligaciones: la declaración y el pago. Para ello es necesario que conozcas la forma de calcular el impuesto.

 

Forma de Cálculo del Impuesto a Pagar

Para que calcules el monto a pagar por el impuesto, primero se debe determinar el costo del inmueble, así, obtendrás la ganancia efectiva respecto de la cual aplicarás el porcentaje correspondiente. La fórmula de cálculo es la siguiente:

Costo de Venta - Costo Computable = Ganancia Obtenida

 

El costo computable, en lo que se refiere al Impuesto a la Renta, se aplica a las siguientes reglas para su determinación: 

  • El costo computable respecto de adquisiciones a título oneroso (compras del inmueble) será el valor de adquisición o construcción reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas sobre la base de los índices de precios al por mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), incrementado con el importe de las mejoras incorporadas con carácter permanente.
  • Los inmuebles adquiridos a título gratuito (cuando no pagas por el inmueble, como una herencia)  con anterioridad al 1 de agosto de 2012, tienen como costo de adquisición el valor de autoavalúo ajustado por el índice de corrección monetaria aplicado al año y mes de adquisición del inmueble.
  • Si la adquisición se produce a partir del 01.08.2012 en adelante, y luego se vende, el costo computable será igual a cero, salvo que el transferente pueda acreditar su costo de manera fehaciente.

 

Declaración y Pago del Impuesto

La declaración y pago los debes efectuar mediante el Formulario Virtual N° 1665, ingresando en el Portal web de SUNAT en el módulo "Declaración y Pago", usando tu Clave SOL, ubicando el rubro Renta Segunda Categoría en el menú, completas y envías el formulario, efectuando el pago respectivo.

La declaración y el pago del impuesto por la venta de tu inmueble, debes realizarla hasta el mes siguiente de percibida la renta, es decir de recibido el pago por el bien, dentro de los plazos establecidos en el cronograma mensual para obligaciones tributarias que la SUNAT aprueba para cada año, consignando el período correspondiente al mes en que percibiste dicho ingreso.

 

 

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