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¿Cuál es la fórmula para calcular el IGV?

¿Cuál es la fórmula para calcular el IGV?

 El Impuesto General a la Venta (IGV) es un impuesto reconocido por los contribuyentes en el Perú, pero no todos saben ¿cuál es la fórmula para calcular el IGV?, y es lo que les pasamos a explicar en este artículo.
 
¿Cuál es la fórmula para calcular el IGV?
 
 
 
 

¿Qué es el IGV?

El Impuesto General a la Venta (IGV) se refiere a un tributo que los consumidores-contribuyentes peruanos deben asumir al realizar una transacción financiera, afectado la prestación o servicios, contratos de construcción, importación de bienes, además de otros.
 

¿Cuánto es el IGV en el Perú 2021?

Según la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informa que se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV y a dicho % se le incluye una tasa de 2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM), por lo que en cada operación gravada se aplica un total de IGV Perú 2021 de 18%.
 

¿Cuál es la fórmula para calcular el IGV?

A la hora de conocer sobre la fórmula para calcular el IGV, existe una Calculadora del IGV, que permite obtener el monto del Impuesto General a las Ventas y obtener así el monto del IGV de forma más fácil con la calculadora IGV y obtener cuánto es el Impuesto General a las Ventas.
 

¿Cómo obtener el IGV 18%?

Calcular el IGV no es para nada un proceso difícil como pueden pensar, su cálculo es simple deben aplicar el 18% al importe neto. Como en el siguiente ejemplo:
 
IGV = Importe Neto x 0.18
 
Si disponen del importe total, con el IGV incluido, deben aplicar esta fórmula:
 
Neto = Total / (1+0.18) o Neto = Total / 1.18

Luego deben restar el Total menos el Neto da como resultado el IGV: IGV = Total - Neto
 

¿Cuál es la tasa del IGV?

En el Perú la tasa correspondiente al IGV es del 18%, en la que se incluye el 2% del impuesto de promoción municipal.
 

¿Qué bienes y servicios tributan IGV?

  • Importación de bienes
  • Contratos de construcción
  • La primera venta de inmueble que realicen los constructores del bien
  • Venta de bienes inmuebles
  • Prestación o utilización de servicios
 

¿Cuáles son las Operaciones gravadas con el IGV?

Las operaciones gravadas con el IGV, según establece el Artículo 1° de la Norma legal, son las siguientes:
 
a) La venta en el país de bienes muebles
Entiéndase por «Venta de Bienes Muebles» a: Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, tales como compraventa, permuta, dación en pago, expropiación, adjudicación en remate. Al Retiro de Bienes, los cuales son los autoconsumos realizados por el contribuyente y que no tienen que ver con la operatividad de la empresa.
 
b) La prestación o utilización de servicios en el país
Entiéndase por prestación o utilización de servicios en el país a: Toda prestación que una persona realiza para otra y por la que perciben una retribución o ingreso que sea renta de tercera categoría para el Impuesto a la Renta, aunque  que no esté afecto al impuesto a la Renta.
 
El servicio utilizado en el país cuando sea prestado por un sujeto no domiciliado, fuera consumido o empleado en el territorio nacional, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contra prestación y del lugar donde se celebre el contrato.
 
c) Los contratos de construcción
Los contratos de construcción ejecutados en territorio nacional, más allá de su denominación, sujeto que lo realice, lugar de celebración del contrato o de percepción de los Ingresos.
 
d) La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos
Es gravada con el IGV, la primera venta de inmuebles en el territorio nacional realizados por los «Constructores» de dichos inmuebles, y la posterior venta del inmueble realizadas por las empresas asociadas con el constructor cuando el inmueble fuera adquirido directamente de este o de otras empresas vinculadas económicamente.
 
e) La importación de bienes
La importación de bienes está gravada ,más allá del sujeto que realice la importación; no requiere habitualidad.
 

¿Qué bienes no están gravados por el IGV?

  • El Impuesto General a la Venta (IGV) no grava el alquiler ni ninguna cesión respecto al uso de bienes muebles o inmuebles, en los casos que el ingreso se trata de una renta de primera o segunda categoría de las gravadas por el Impuesto de Rentas.
  • Así como no grava el traspaso de bienes usados de parte de las personas naturales o personas jurídicas que no tengan una actividad empresarial, salvo que realizaran de forma habitual dichas operaciones.
  • En las reorganización de empresas, el IGV no grava la transferencias realizadas. 
  • Ni grava la importación de los siguientes Bienes:

-Bienes donados a entidades religiosas
-Bienes de uso personal y utillaje del hogar que se importen liberados de derechos aduaneros por dispositivos legales
-Bienes con financiación de donaciones del exterior.
 
  • El IGV No grava la compraventa de metales preciosos monetarios como oro y plata entre otros con el Banco Central de Reserva de Perú
  • Tampoco el IGV grava la adquisición o importación de monedas, billetes, cospeles y cuños en relación.
  • No grava las transferencias o importaciones de bienes y las prestaciones de servicios realizadas por Instituciones Educativas Públicas o Particulares y sean solamente para fines propios. 
  • Entre las actividades No gravadas por el IGV son:

-Los servicios que prestan lasAdministradoras de Fondos de Pensiones Privadas (AFP)
-Los intereses y ganancias de capital generados por CeDes del Banco Central de Reserva de Perú
-Los Bonos que emite el Banco Central de Reserva de Perú
-Los juegos de azar, entre otros.
 

¿Cómo utilizar la calculadora IGV?

A la hora de utilizar la calculadora para poder obtener el Impuesto General a la Venta (IGV) el proceso del cálculo es rápido y sencillo:
 
  • Deben ingresar en uno de los dos campos: sólo el neto o el total.
  • Si ingresan el monto en el campo Neto, automáticamente obtienen el pago a cuenta del Impuesto a la Renta, ya que este se calcula sobre el 1.5% del valor neto.
  • Para solamente obtener el IGV de la factura, deben ingresar el monto en el campo que indica "Total".
 
Como pudieron ver el Impuesto General a la Venta (IGV) es un tributo que los consumidores les corresponde asumir al realizar alguna de las transacciones financieras alcanzadas como es la prestación o uso de servicios, contratos de construcción, importación de bienes, entre otros. Por lo que como todo impuesto no puede eludirse su pago cumpliendo con lo que dicta SUNAT
  
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