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Re: ¿Cómo saber si me tienen que pagar CTS y dónde la depositan?
Hola Sandro,
Te corresponde el pago de la compensación por tiempo de servicios (CTS) si trabajas bajo el régimen general laboral del sector privado y trabajas, al menos, 4 horas diarias o 20 horas semanales o si trabajas bajo el régimen laboral de una pequeña empresa (MYPE), pero en ese caso, te corresponderá el 50% del cálculo total de CTS.
Además, para recibir la compensación por tiempo de servicios (CTS) debes haber permanecido como mínimo un mes en la planilla de la empresa antes del mes de pago del beneficio.
En cuanto a dónde cobrarla, el empleador deposita la CTS en la entidad financiera que el trabajador haya decidido. Si no sabes cuál es puedes consultarlo a tu empleador y que te indique dónde te depositaron la CTS.
Saludos!
Te corresponde el pago de la compensación por tiempo de servicios (CTS) si trabajas bajo el régimen general laboral del sector privado y trabajas, al menos, 4 horas diarias o 20 horas semanales o si trabajas bajo el régimen laboral de una pequeña empresa (MYPE), pero en ese caso, te corresponderá el 50% del cálculo total de CTS.
Además, para recibir la compensación por tiempo de servicios (CTS) debes haber permanecido como mínimo un mes en la planilla de la empresa antes del mes de pago del beneficio.
En cuanto a dónde cobrarla, el empleador deposita la CTS en la entidad financiera que el trabajador haya decidido. Si no sabes cuál es puedes consultarlo a tu empleador y que te indique dónde te depositaron la CTS.
Saludos!