Da igual que el piso lo comprase en el año 2011, para poder indicar dichos gastos, no? Ya siento las molestias, es que he llamado a Hacienda de mi provincia, y no sabían que decirme.Saludos
Esque el concepto que le indico, está dentro de la amortización del inmueble, dónde también hay que indicar el valor de construcción, catastral y de adquisición
Vale disculpa, muchas gracias. Pero con la situación que tenemos no quiero ir a bancos ni a ningún otro sitio a preguntar.Saludos y muchas gracias de nuevo.
Hola Leopol!
Cuando dices que debo ponerla a mi disposición los días que estuvo vacía, nose a que te refieres, me lo podrías aclarar un poco mejor.
Muchas gracias
El TEAR resuelve anular la liquidación que en su día yo ingresé y me reconoce de oficio el derecho a la devolución. Pero la sección de valoración de inmuebles urbanos de Hacienda ha emitido un nuevo informe de valoración y de liquidación provisional, con trámite de alegaciones. Mi pregunta es, si es legal hacer eso?