Me respondo yo mismo:no, hay que pagar la deuda completa. Si no tenias la deuda aplazada antes de la declaración del estado de alarma, no accedes a ninguna prestación hasta que pagues toda la deuda.
No, pero viene claramente expresado en su página web. Mira de hecho, yo tengo el contrato de representación con ellos. La fecha es 11 de enero del 19, y en esa época lo que cobraban es el 10% más iva y las costas del contrario. Este año lo han subido al 15,pero aún así es muy aceptable creo yo.me han hecho esta mañana la transferencia, cuando me manden la factura te dirá a ciencia exacta lo que es