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Reforoslo

Se registró el 02/05/2017
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Reforoslo 02/05/17 13:25
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Hola, soy profesional autónomo de la construcción, EPIGRAFE 501.3, aunque tal como evoluciona ahora mismo el trabajo, en breve pasaremos al 501.1. Estoy pensando en comprar una furgoneta mixta de 5 plazas con gran capacidad de carga para llevar y traer material y las herramientas que siempre debo llevar. Estará rotulada con la imagen de la empresa, y se usará para uso exclusivo de la empresa. Para uso particular pasaremos a nombre de mi señora la furgoneta que uso ahora que está viejecita, y hasta ahora estaba afectada al 100% pero de la que no se dedujo IVA, ni se amortizó por heredarla de otra empresa anterior y daremos de baja el vehículo familiar que ya está en las últimas. Cabe decir que también dispongo de un pequeño camioncito ( de segunda mano) para uso exclusivo de la actividad comprado a principios de 2011 pero en el que por su definición no puedo dejar ni material ni herramienta a la vista, así que en según que obras no puedo llevarlo. Se afectó al 100% y se dedujo el todo el IVA y su correspondiente amortización lineal que ya finalizó. De esta manera quedarían afectados a la actividad dos vehículos, uno cerrado de carga y otro abierto que es lo que necesito. Dado todo esto, que será exclusivo para la actividad, mixto,rotulado, que siempre tengo que llevar y traer material y herramienta... puedo deducir el 100 % de IVA e IRPF de la nueva compra?
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