Buenas. El pasado 2019 se canceló una cuenta en extranjero declarada (modelo 720) años atrás. El dinero de esa cuenta se retiró en efectivo en ese país y no volverá a ser reinvertido en cuentas, ya que permanece en una caja privada.En la correspondiente declaración de este año, se ha indicado la fecha de cancelación y el saldo a día de cancelación (es decir, el importe que se retiró ese día). ¿Es correcto? Me queda la duda de si se debería haber declarado saldo 0.
Mi duda precisamente está en la segunda parte de ese texto:"Distinta es la cuestión si estos bienes son el subyacente de bienes y derechos objeto de la declaración informativa, como por ejemplo sería el caso de rentas temporales o vitalicias obtenidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, de derechos de contenido económico o de bienes muebles o inmuebles, a entidades situadas en el extranjero. En este caso existe la obligación de informar sobre las rentas así obtenidas cualesquiera que sean los bienes y derechos aportados"
Gracias Lunático. En este caso el dinero tras haberlo retirado está en una caja privada en el país extranjero. Siendo así, en tu respuesta no me queda claro si simplemente debo informar de la cancelación (aportando el saldo a esa fecha) o además también deberé informar (Modelo 720) de la renta obtenida. La cantidad retirada no excede en 20.000€ lo declarado originalmente. Gracias
Gracias Sergio. El problema es, ¿qué fecha de baja? Realmente se dio de baja en 2014 y a continuación se renovó anualmente (pero el número del nuevo depósito cambia)