Muchas gracias a todos.Creo entender, que el motivo que no puedan cancelarlo es que proviene de un plan de pensiones y por tanto, ya hemos despertado la bestia de hacienda. O sea, esta ya ha sido informado del hecho.Si la renta vitalicia, fuera constituida con dinero de otra procedencia, entonces sería fácil el derecho a desistimiento. No me ha quedado claro, si se pueden constituir otros planes de pensiones. Puede ser que sólo se podría a hacer por motivos diferentes a la jubilación y estos casos son limitados a invalidez, herencia, etc?