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jacco

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jacco 06/06/19 10:20
Ha respondido al tema ¿Puedo desgravar un seguro de hipoteca SEVIAM?
Gràcies por la rapida respuesta. En ese caso, como ya presenté la declaración a principuos de la campaña de renta y la devolucion se "esta tramitando....". ¿Me aconsejas esperar a que hacienda me diga algo, o es preferible hacer una complenentaria antes de que me hagan la devolucion?
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jacco 09/05/16 09:12
Ha respondido al tema Devolución Declaración de la Renta 2015
¿A alguien más le sale esto?: "Su declaración se está tramitando. Si quiere, `puede consultar sus imputaciones mediante la opción Consultar Datos Fiscales y contrastarlos con los datos que se consignan." A mi mujer le sale simplemente "Su declaración se está tramitando". Ambas declaraciones fueron presentadas wia web de hacienda ya hace tres semanas, el 14 de abril. Hay quien dice que no se le de importancia a esta coletilla de hacienda, pero no le veo el sentido a ponerla como no sea para asustar al personal, ya que, al fin y al cabo, no se puede hacer nada cuando la declaración ya ha sido enviada, por más que me digan que puedo comparar los datos fiscales. Eso ya lo hice antes de hacer la declaración.
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jacco 09/05/16 05:36
Ha comentado en el artículo ¿Cuál es el estado de mi declaración de la Renta 2023? IRPF campaña 2024
Hola, Amparo: Me pregunto que si, tal como dices, este mensaje no significa nada especial, ¿por qué razón Hacienda no pone simplemente "Su declaración se está tramitando", que sería lo normal?. ¿Qué mosca le habrá picado a Hacienda para añadir esa coletilla en determinados casos?. ¿Cabe esperarse algun sustito o demora fuera de lo común? Saludos y gracias
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jacco 12/04/16 07:28
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Finalmente, la Agencia Tributaria ha decidido aclarar las dudas: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta/_INFORMACION/Ayuda/Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF/_Es_posible_que_un_inmueble_que_el_ano_anterior_tuviera_la_marca_de__VALOR_CATASTRAL_REVISADO__en_la_informacion_de_datos_fis____NO_REVISADO__.shtml
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jacco 12/04/16 07:20
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Por desgracia, según el Catastro, las actualizaciones o subidas que algunos Ayuntamientos estan implementando desde hace años no se consideran Revisiones. Lo mismo hace Hacienda. Por mucho que haya habido estas subidas, oficialmente la última revisión realizada en Barcelona fue en 2001. Cabia acogerse a la falta de información y actualización del programa de Ayuda para seguir aplicandose el 1'1%. Pero justo acaban de publicar ésto en la pagina de la agencia tributaria: "Cuestiones de interés en relación con la campaña Renta 2015" "¿Es posible que un inmueble que el año anterior tuviera la marca de "VALOR CATASTRAL REVISADO" en la información de datos fiscales, en este año aparezca como "NO REVISADO"? "Sí es posible. Se ha producido una modificación normativa que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2015, de aplicación por tanto para la Renta 2015, por la que se modifica el artículo 85 de la Ley del IRPF que regula la imputación de rentas inmobiliarias. Con la redacción anterior, el valor catastral de un inmueble se consideraba que había sido revisado cuando los valores fijados en el procedimiento de valoración catastral colectiva hayan entrado en vigor con posterioridad al 1 de enero de 1994. Con la redacción actual, el valor catastral de un inmueble se consideraba que había sido revisado cuando los valores fijados en el procedimiento de valoración catastral colectiva hayan entrado en vigor en el periodo impositivo o en los 10 periodos impositivos anteriores. Es decir, para la renta 2015 se considera "valor catastral revisado" sólo si se ha revisado con posterioridad al 1 de enero de 2005 y no desde el 1 de enero de 1994. Los efectos en la declaración de renta son los siguientes: Si el valor catastral, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se considera "REVISADO" se aplicará un 1,1% a efectos de calcular la imputación de renta inmobiliaria a consignar en la declaración. Si el valor catastral, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se considera "NO REVISADO" se aplicará un 2% a efectos de calcular la imputación de renta inmobiliaria a consignar en la declaración. En consecuencia, a los inmuebles cuya valor catastral se hubiera revisado entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2004 les corresponde aplicar un 2% como porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en lugar de un 1,1%." Por lo tanto acaban de dejarlo claro. Ya tenia mi declaración a punto habiendo modificado lo de la revisión para que constara como REVISADO, pero ahora tendré que deshacer el cambio. Saludos
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jacco 12/04/16 04:00
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Eso está claro, batiscafo. Pero mientras no lo corrijan, los ciudadanos de a pie no andan buscando los BOE para hacer sus declaraciones. Es Hacienda la encargada de poner a su disposición la información y ayuda necesarias. Si esta información no está actualizada, el contribuyente de a pie no lo sabe y debe dar por supuesto que es correcta. De hecho, si yo no llego a entrar en estos foros ni sabria que existe una modificación de la Ley que dice lo que dice. Por lo tanto, habria visualizadao la AYUDA y comprobado que en la lista de municipios Revisados en 20015 aparece el mio, con lo cual habria corregido sin más problema la información en el programa Padre o en el Borrador.
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jacco 12/04/16 03:34
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Por si sirve de ayuda a alguien. Como en el Catastro no me han podido ayudar, finalmente he conseguido hablar con alguien del telefono de atencion de la renta 2015, que me ha dicho literalmente lo siguiente: A pesar de que exista una modificacion en el BOE, concretamente BOE-A-2006-20764 TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 30 de octubre de 2015, los programas de AYUDA del Programa Padre y del BORRADOR WEB siguen especificando como referencia para ser considerados municipios revisados aquellos con revisiones posteriores a 1994. Es más, aportan un listado de Municipios Revisados en 2015. Barcelona se encuentra entre ellos. Hacienda ha tenido tiempo suficiente entre la modificacion de la LEY y la campaña de la Renta 2015 para actualizar esta información y no lo ha hecho. En conclusión, lo que me han dicho que haga es lo mismo que me dijeron en el Catastro de Barcelona: Modificar los datos del programa Padre para que aparezca el municipio con un Sí Revisado (en lugar del NO actual). Otra cosa es lo que cada cual decida hacer y si esta acción puede conllevar una paralela en su momento, aunque en ese caso seria facil la argumentación, dado que los ciudadanos nos basamos en la Ayuda de los programas que pone a nuestra disposición Hacienda, y en esta ayuda hay un listado muy clarito con los municipios Revisados en 2015.
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jacco 12/04/16 02:41
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Más leña al fuego. Esto es lo que dice el programa Padre 2015, y tambien la Ayuda del Borrador WEB de Hacienda que ahora mismo estoy usando para hacer la declaración: RENTA IMPUTADA (art. 85.1 Ley)   Tendrá la consideración de renta imputada la cantidad que resulte de aplicar el 2 por 100 al valor catastral, determinándose proporcionalmente al número de días que corresponda en cada período impositivo. "En el caso de inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados o modificados, o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor a partir de 1 de enero de 1994, la renta imputada será el 1,1 por 100 del valor catastral." Creo que a juzgar por lo que aqui dice, a los inmuebles de Barcelona les corresponde un 1'1%, dado que la ultima fecha de revisión fue en 2002. Para más colmo, en la propia AYUDA viene un listado de los municipios con el Catastro Revisado a fecha 2015, y entre ellos aparece BARCELONA. Señores de Hacienda, aclarense.
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jacco 11/04/16 14:16
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Gracias, batiscafo. Creo que está bastante claro que Montoro se ha sacado un as de la manga al fijar un maximo de 10 años sin revisiones, para poder aplicar el 2% a muchos contribuyentes que pagaban una imputación del 1'1%. Teniendo en cuenta que en algunos municipios como en Barcelona el Ayuntamiento ha ido aumentando un 10% lineal el valor catastral desde hace unos años, los tiros vienen con balas explosivas. Asumo que me toca pagar, pero es bastante descarado el procedimiento empleado y que, encima, en el catastro se hagan los tontos. saludos
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jacco 11/04/16 13:58
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Pero es que resulta dificil de entender que una nueva ley de Irpf que afecta a las revisiones catrastales se implemente unilateralmente por parte de hacienda, sin comunicar nada al catastro. Por otro lado, esa nueva ley ¿donde puede leerse, aparte del programa padre?.
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jacco 11/04/16 13:32
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
La cosa no proviene del Catastro, en todo caso de hacienda. Esta mañana he hecho llamadas que no han servido para nada. En primer lugar he llamado a la sede regional del catastro de Barcelona. Allí parecian muy despistados pero me han asegurado que si en Hacienda les aparece el valor catastral como No revisado, ha de ser un error puesto que deberia aparecer Revisado (en 2002). No saben nada de una posible nueva ley que diga que se consideran No revisados aquellos municipios en los que en los ultimos 10 años no ha habido revisiones generales. Nadie se lo ha comunicado. Después he llamado a la sede nacional del Catastro. Allí todavia sabian menos y me han remitido a hacienda. Me han dicho que cualquier posible modificación de este tipo no viene de ellos sino de hacienda. Y hacienda no coge el telefono. Lineas saturadisimas. He probado mañana y tarde y todavia no he conseguido hablar con ellos. Miento, una sola de las veces se han puesto, pero cuando he explicado la consulta la chica que me atendia me ha dicho "Le paso con un compañero". Y el "compañero" no ha llegado a ponerse nunca. Después ya no he conseguido que me cogieran el telefono jamás. O sea que estoy como antes. A ver si alguien tiene más suerte.
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jacco 09/04/16 14:44
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
He estado ojeando prensa especializada y actualizada y no he leido nada sobre este cambio de ley que afectaria a municipios en donde no ha habido revision catastral en los ultimos 10 años. Por ejemplo en articulo de La Vanguardia se sigue mencionando que en Barcelona la ultima revision general fue en el 2001 y que, al ser posteriir a 1994, la imputacion debe ser del 1'1%. De todos modos suena a tomadura de pelo que hacienda considere no revisado un municipio que lleva tres años subiendo linealmente un 10% la valoracion catastral.
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jacco 09/04/16 12:42
Ha respondido al tema Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
@macmolec A mi me ocurre exactamente lo mismo. Este año se me imputa el doble que el pasado año, y la razón es que en los datos fiscales aparece por primera vez desde que compré el piso el Valor catastral como NO revisado, a pesar de haber subido 5000 euros respecto del pasado año 2014. Compruebo que desde 2013 el valor catastral ha subido cada año en torno al 10%. No me explico cómo, a pesar de estas subidas anuales, aparezca como No revisado el valor catastral. He mirado en el Catastro la información sobre la Revision Catastral pero para mi es muy confuso. Aparecen estos datos: DATOS DEL BIEN INMUEBLE Fecha de modificación en Catastro 01/06/2006 Fecha de la alteración 16/03/2005 DATOS DE TITULARIDAD CATASTRAL Fecha de modificación en Catastro 28/02/2008 Fecha de la alteración 31/07/2007 ¿Qué significa? ¿Qué fecha debo tomar como referente?
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jacco 05/11/12 14:06
Ha respondido al tema Hundimiento de Participaciones Preferentes de Telefonica en 24 hr
Me ha parecido que alguien ha comentado que una vez abierto el periodo para canjear, no se pueden vender las PP.¿Eso es cierto? El viernes pasado, el dia 2 de noviembre, di orden de venta de mis pp limitada al 85%. A dia de hoy, 3 dias más tarde (aunque no sé si cuentan los festivos...) todavia no he tenido la suerte de venderlas. Han ido fluctuando del 83 al 84%. Desconozco la forma de cruzarse las ordenes de venta y compra ni la cifra de compradores porque no me sé manejar en el Send. Mi orden de venta limitada caduca el proximo lunes. Después tengo que decidir otra vez lo que hacer, si mantener la orden al mismo precio o no. Lo que sí sé seguro es que no iré al canje, pero no se lo que ocurriria llegado el fin del periodo de canje, el dia 20, si sigo sin venderlas. Por eso me preocupa que la orden de venta esté paralizada mientras dura todo el proceso del canje.
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jacco 01/11/12 14:00
Ha respondido al tema Hundimiento de Participaciones Preferentes de Telefonica en 24 hr
Muchas gracias a Kretan, jtorres y asdebastos por contestar y orientarme. Mañana pasaré por el banco y daré orden de venta, entre el 85% y el 87%, ya veremos, y a ver si hay suerte. Si no me equivoco al hacer los numeros, tratandose de un capital bajo (6000 euros)la perdida de un 12 o un 15% queda compensada con el interes que he ido cobrando estos años, gano en liquidez (que aun no siendo estrictamente necesaria me vendrá bien) y me ahorro dolores de cabeza.En cambio, parece bastante acertado suponer que para inversiones bastante más elevadas que la mia, y si no hay urgencia de liquidez, sea preferible el canje. Suerte a todos. saludos.
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