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Sobre Insurance

Agente vinculado de Seguros. Perito judicial. Experto en Seguros de Responsabilidad civil. Asesor financiero Certificado Mifid Formador de seguros. Mentor para agentes de seguros.

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Insurance 16/04/24 01:40
Ha respondido al tema Accidente de moto
Pero el centro médico, público, solo puede enviar facturas a los terceros responsables. No al lesionado. Lo que dice la Ley de Sanidad, (que al final estoy leyendo 😒), es que la sanidad se puede financiar con seguros obligatorios que afecten. En autos el seguro obligatorio cubre a los terceros. (en el seguro de viajeros de un transporte público será distinto)Supongo que por aquello de la universalidad de nuestra sanidad pública, y el principio de gratuidad.La factura que envían a la aseguradora propia, está limitada por el convenio.Sigo sin comprender todo, pero lo que veo es que es imposible que se reclame a un lesionado de una moto, en un accidente el solo. Y cuando hay un tercero, reclamarán al tercero.
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Insurance 15/04/24 12:37
Ha respondido al tema Accidente de moto
A quien van a facturar...a nadie. La ley permite al centro sanitario reclamar al tercero responsable. No al lesionado. Siempre y cuando sea beneficiarío de una tarjeta sanitaria...Si no hay tercero responsable...a nadie pueden reclamar.
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Insurance 15/04/24 11:07
Ha respondido al tema Accidente de moto
Es que el convenio de los centros sanitarios se compone de dos partes, las aseguradoras pagan las facturas, pero los centros sanitarios limitan los costes a facturar. Porque sin cantidades no se puede hacer un cálculo actuarial. Y da igual el tiempo de recuperación,  o los tratamientos, por una atención a un motorista no facturarán más de esa cifra.Con cada atención están cobrando ya más de lo que deberían. Que es nada. De hecho, creo que en el convenio hace referencia a que estas facturas no se meten en la contabilidad contra el tratamiento sino que tienen otro destino de financiación de campañas de concienciación o algo así... me suena eso...Y claro que las compañías limitan el gasto en centros no concertados. Porque en los concertados no pueden, porque suelen ser los públicos. Y si son no concertados, no hay convenio, pueden ser privados y cobrar lo que corresponda, insostenible con primas de 200€...
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Insurance 15/04/24 10:54
Ha respondido al tema ¿Lo entiendo mal? ¿Se me puede explicar? (salvo que sea secreto y solo para el gremio)
El convenio CIDE y ASCIDE viene de mediados de los 90 (hablo de cabeza, como siempre), y es para automóvil. Los que trabajábamos a principio de los 90, veíamos que quién no se podía permitir un seguro a todo riesgo, cuando tenía un accidente las reclamaciones a otras compañías superaban, siempre, el mes. Por lo que un mesecito de espera tenías. Lo normal era bastante más de un mes.Hoy con el convenio en tres días tienes aceptado un parte amistoso. Aquí tienes un beneficio incalculable.La compañía culpable paga a la del perjudicado un módulo fijo. Así la compañía que paga no tiene que peritar. Un follón quedar para ver un coche del que no tienes muchos datos. Otro beneficio.Muchas veces la compañía contraria no daba ni compromiso, tenías que adelantar el dinero de la reparación, enviar la factura y cruzar los dedos otro par de meses... Otro beneficio, siempre con compromiso.El primer módulo si no me equivoco salía en las 80.000ptas. Y cada año cambia. El módulo es el coste medio de una reparación de un siniestro. No hay más misterio. Si sube el coste medio, sube el módulo.Ahora las compañías no cuentan nada, pero al principio, y sobre todo en según que compañías te daban explicaciones de como les salía la compensación. Y toda la información que me llegó, es que para las compañías, ni les perjudica ni les beneficia liquidar los siniestros de esta manera. Que si eres una rata puedes arañar y tratar de mejorar el resultado.. claro, pero tanto a tus clientes como si o hicieras a los contrarios. Para mi es más justo que si yo pago un 20% más de seguro que tu, porque quiero un tipo de atención, me pague mi compañía y no la tuya. Que yo no tengo la culpa de que tu no seas exigente... Otro beneficio, porque el servicio se adecua a lo que cada uno paga.En contra de todo lo que dicen los talleres, esto no perjudica al asegurado. La ley lo prohíbe. No se puede perjudicar a un asegurado por los convenios entre aseguradoras. Por tanto, si tu no estás de acuerdo con como te han liquidado el siniestro (tu compañía que era inocente) puedes seguir reclamando a la compañía responsable/culpable. Y si el cliente tiene razón, la broma la paga tu compañía, y la sancionan. Otro beneficio, porque a tu compañía no le interesa que la contraria pierda un juicio por su culpa. Deberían ser hiperdiligentes. (claro que si tu perfil de captación de clientes es de los poco exigentes... pues podrás apretarles sin riesgo a que te denuncien... publicidad por precio, cliente no exigente, maltrato.)Después tienes las ventajas que tienen las aseguradoras. Costes. Con un perito tienes suficiente, no hay que duplicarlos. No hay que revisar si las facturas corresponden a ese siniestro, porque siempre son un módulo. La velocidad en la tramitación exigida les ha hecho avanzar tecnológicamente. Ahora el ramo de autos tiene casi "conducción autónoma". Va solo. Eso por el nivel de competencia hace que los precios estén super ajustados. Otra ventaja para el asegurado.Y sí, también hay un convenio para hogar. Se está extendiendo, y el funcionamiento es similar. Aún está lejos de decir que esta implantado, porque hasta que no estén trabajándolo las grandes, incluso hay compañías que están en el convenio y se lo están saltado a propósito, así que supongo que no es tan exigente como el de autos, y aún no deben tener claro si funciona bien. Pero seguro que acaba por funcionar, porque será bueno para todos.Perdón por el tocho. No haber preguntado tanto 😝
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Insurance 15/04/24 01:37
Ha respondido al tema PIAS no residentes
La compañía no te engaña.La compañía hace una póliza.El que te asesora es una agencia de seguros, bueno... a ti no llega el agente, te asesora un colaborador del agente de seguros, que dicen a la compañía que te lo ha explicado todo. Y por eso firmas la póliza, y se supone que conoces las leyes, incluyendo las fiscales.Desde luego, una aseguradora tiene la culpa de negociar con determinados mediadores meter unos gastos exagerados, para pagar una red de ventas. Pero ese es otro tema...
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Insurance 15/04/24 01:28
Ha respondido al tema Accidente de moto
Pero el compromiso de los centros sanitarios, es no facturar más de esos 3,7K.Por tanto, el único problema puede venir de tener menos capital asegurado de esa cifra de asistencia sanitaria. Y, bueno, usando centros no concertados.Los mediadores, en general, estamos haciendo las veces de asustaviejas... dando importancia a un problema que, prácticamente, no existe... La realidad es que una compañía pagará la factura sanitaria.Que después, partiendo desde ahí, tiene sentido tener cobertura de más: Sí, claro. Para todo lo que no quiera hacer el centro concertado (seguridad social), para elegir centro sanitario, etc...Pero lo básico, la atención sanitaria, está garantizada si tienes seguro y una cobertura básica de asistencia sanitaria.
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Insurance 14/04/24 02:53
Ha respondido al tema Ambiguedad engañosa de ACIERTO.COM en seguro de salud de SANITAS
Un seguro de salud, debe costar cerca de los 90€/mes (es una media), lo que esté por debajo... pues lo que no se va en lágrimas, se irá en suspiros.La diferencia principal entre sanidad pública y privada, es que la pública tratará de ajustar lo que gasta por necesidad, y reducirá en lo posible las pruebas accesorias. Y la privada, lo contrario, lo que tratará es de facturar todo lo posible. Sumando actos médicos a la visita.Los copagos, se cuentan por actos médicos.Desde luego la culpa de no conocer esto no es tuya, se supone que quien te vende el producto debe darte la suficiente información para que lo puedas entender. Pero elegir una plataforma web, y un telefonista no parece la mejor opción para informarse en profundidad.Si te han hablado de visitas en vez de actos médicos,  o sin explicarte que en medicina privada se paga cada esparadrapo que te ponen, pues no lo han hecho bien... pero piensa que no se puede esperar mucho más de un telefonista, y además habrás firmado la póliza dónde sí que vendrá bien explicado.Hay que responsabilizarse de las decisiones que uno toma. Hay miles de profesionales en oficinas cerca de casa dónde probablemente en una visita cara a cara, sí se pueden aclarar muchas más cosas.Las contrataciones a distancia tienen riesgos.
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Insurance 14/04/24 02:39
Ha respondido al tema PIAS no residentes
Poco que añadir al resumen perfecto que ha hecho @patocles .La peor de todas las mentiras es que el coste es un 2% anual. Se les pasó decir que es un 2% anual, calculando 30 años, y cobrados todos en los primeros  3-4 años. Y de manera similar se podría desmontar cada una de esas afirmaciones que te han hecho.
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Insurance 14/04/24 02:24
Ha respondido al tema Accidente de moto
El convenio dice cual es el máximo a facturar. En el supuesto de motocicletas, ciclomotores o vehículos asimilables en siniestros en los que interviene un solo vehículo, el importe de la facturación de las prestaciones efectuadas al conductor no podrá ser superior a.............................................................................. . 3.750.- euros. (Es el primero que he encontrado de sanidad pública, y creo que es el que sigue en vigor)Por tanto, es lo que cuesta el siniestro.Y los servicios de salud, no pueden reclamar al beneficiario del servicio. Pueden hacerlo al tercero responsable. En una motocicleta, accidentada sola,  probablemente no haya tercero responsable. No pueden reclamar al lesionado, porque no es tercero.
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Insurance 13/04/24 02:15
Ha respondido al tema Accidente de moto
Entonces, la aseguradora no repetirá contra el conductor de una moto, en un siniestro sola.Sobre el límite, lo que habla el convenio es que la Sanidad, no facturará más de 3k (o la cifra que sea) a la aseguradora.O sea, que el centro sanitario, se da por pagado con esos 3k. Y que la sanidad no reclamará más a quién se compromete al pago de las facturas de los accidentados. Las aseguradoras y el CCS, según cada caso.Y aquí acaba todo. Porque el centro sanitario, PUBLICO, no puede facturar a un beneficiario de la tarjeta sanitaria. Y es que además cobra del la aseguradora los servicios que ha prestado, según sus precios (los del convenio).Gracias porque voy viendo el camino, aunque esté lejos de comprender todo el conjunto, aunque creo que no coincidimos en el fondo...
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Insurance 12/04/24 01:45
Ha respondido al tema Quiero contratar una alarma para mi casa.
Mi recomendación es que pongas una lo menos estándar posible. O sea, que no sea las marcas que todo el mundo conoce.Los malos, son muy profesionales, pero muy prácticos. Van a conocer las que están mas implantadas. Las pequeñas empresas con sistemas diferentes, les costará tanto, que si no tienen interés especial en ti, irán al de al lado.Tengo en la mesa el enésimo siniestro de centralita estándar, que el caco rompe la puerta, la destroza hay que cambiarla entera, llega hasta la centralita, la rompe a golpes, y la alarma, conectada, no funciona. no quiero saber si es con un inhibidor, si le tienen puesto un retardo para que no salte muchas veces y no moleste, o porque no funcionan nunca... pero el caso es que la cantidad de veces que pasan cosas raras es como para meditar.
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Insurance 12/04/24 01:34
Ha respondido al tema Duda calculo continente en seguro hogar
Depende de qué compañía.Cada una toma la referencia que le parece. Es su norma. Y como es la forma que hay que tomar, si no aciertas con ella, cuando ocurra un siniestro te podrán aplicar una regla de equidad, y reducir la indemnización.Y no, como asegurado no vas a poder adivinar que dato mira cada compañía.Eso lo hace tu agente o corredor de seguros. Así, además de no tener que preocuparte, la responsabilidad de hacerlo bien, ya es de otro 🥳
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Insurance 12/04/24 01:31
Ha respondido al tema Accidente de moto
Gracias.Supongo que te refieres a este párrafo: 2.5. NO REPETICIÓN El CCS y las entidades aseguradoras adheridas renuncian a la reclamación de las cantidades abonadas en virtud de este Convenio, excepto en los siguientes casos: a) Personas jurídicas no vinculadas por este Convenio. b) Gastos del conductor de motocicleta, ciclomotor o vehículo asimilable, según las categorías establecidas en el artículo 4 del Reglamento (UR) nº168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, en siniestros con participación de dos vehículos a motor de los que uno de ellos sea de la tipología descrita en este apartado.Con esa forma retorcida de dobles negaciones, yo entiendo que en el caso que tratamos de un siniestro de una sola moto tienen renunciado el derecho de repetición.Generalizando, entiendo, que el derecho de petición de los pagos a la Sanidad, pública o privada, queda para ir contra la otra aseguradora del responsable, cuando lo haya, y no haya firmado el convenio.No pongo en duda lo que dices, solo quiero entenderlo.
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Insurance 11/04/24 01:28
Ha respondido al tema Seguros de coche
Pues fíjate que te diría que si tienes que estar mirando si la póliza incluye libre elección de taller, o tiene cobertura de cinegéticos, o la asitencia en carretera es completa... ya vas mal.Solo se debería valorar las pólizas que no se planteen que esas coberturas sean algo especial.La cantidad de microdetalles es amplia, y ninguna póliza tendrá todo. Así que eres tu quién debería elegirlas en función de tus necesidades, y pagar lo que valga. Como vas intuyendo en un error pagar lo que uno quiere y quedarse con la cobertura que te den...Las coberturas se esconden detrás de títulos grandilocuentes. Y todos iguales. Pero después cuando las necesites, en las condiciones tienes límites, condiciones, etc... así que salvo que leas las condiciones generales de las dos o tres que te parezcan bien, no podrás decidir con buen criterio. Si tuviera que darte un detalle, te diría que miraras el valor de tu coche en el contrato de seguro para caso de perdida total.Eso para ti.Para mi... valoro otras cosas. La velocidad en pagar una indemnización, la velocidad en la tramitación, la velocidad en traer un coche de otra provincia... en general la velocidad de crucero de una aseguradora, y la cantidad de pegas que le gusta poner a cada una.Pero eso no lo puedes conocer. Y si sumamos que tampoco vas a poder conocer los microdetalles que tienen las pólizas, más allá de los títulos de las coberturas, solo hay una buena recomendación: vete a dos o tres agentes o corredores de seguros, les dices que quieres, que te preocupa, y escúchales.No decidas qué póliza, decide qué mediador de seguros (agente o corredor) que te va ayudar a elegir la aseguradora y a sacar las castañas del fuego cuando lleguen los problemas.
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Insurance 11/04/24 01:15
Ha respondido al tema Accidente de moto
Solo hablo por al experiencia en la ayuda en la tramitación a algún amigo en pólizas en las que no intervenía, y que busque la ayuda de algún abogado, auténticos expertos, y que quizá tu también lo seas y puedas sacarme de algún error, pero yo me quedé con esto:Que la Seguridad Social, cubre los accidentes de tráfico.Que lo que tiene la SS es la posibilidad de reclamar el gasto a un tercero responsable. (ojo, TERCERO). En especial, cuando le hecho está amparado por un seguro obligatorio.Que para eso se firma el convenio con las aseguradoras y se pactan precios.Que en el convenio las aseguradoras firman no repetir cuando solo interviene una motocicleta.Reconozco mis debilidades (que no ocurre habitualmente 😂) en este ámbito estoy medio perdido, porque no conozco las referencias jurídicas, así que corrígeme dónde esté patinando 🙏🏻 
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Insurance 09/04/24 06:16
Ha respondido al tema Accidente por imprudencia grave
Incluso denunciando para cobrar sus lesiones, lo más probable es que no llegue nunca a juicio, y se acuerde la cifra evitando el gasto judicial, y tres o cuatro años de espera.
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Insurance 09/04/24 01:09
Ha respondido al tema Accidente por imprudencia grave
Perdón... 😂😂Los puntos que se deciden en juicio son los de las secuelas del daño corporal de los perjudicados.Como te hemos dicho todos los puntos de retirada, ya están decididos, y los recibirás con la multa. Lo que pueda pasar en un juicio dentro de 4 años, a ti te dará lo mismo.Existe un delito cuando se conduce bajo los efectos de sustancias, etc... y en ese caso, dependiendo del daño que se produzca sí hay un delito penal, y puede haber penas de cárcel.Dentro de 4 años, de esto, solo debería quedaros que cualquier acto tiene unas consecuencias. Y con un coche pueden ser graves haciéndolo todo bien, imagina, si lo haces mal...Alrededor de mil personas mueren en accidentes de tráfico cada año. Los coches cada vez tienen más ayuda en la conducción, pero el fallo mecánico es casi inexistente, es siempre por un fallo humano, o mejor, por una imprudencia, más o menos grave: cambiar la música, velocidad excesiva... o un giro prohibido... Esto es lo importante y no la multa, ni los puntos.
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Insurance 08/04/24 11:55
Ha respondido al tema Accidente por imprudencia grave
1,2 y 3... sí.Si hay denuncia, en el juicio se determinará la horquilla de puntos que corresponda. Pero da igual para la multa, y los puntos.Las lesiones de los accidentes de tráfico ya no son delito penal. Antes sí, y puede que por eso te estén contando cosas raras.
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