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Ciberet

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Ciberet 26/09/22 05:24
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Lamentablemente, creo que me estoy explicando fatal...Hablo de las CC.AA. porque el ITP es autonómico. Hasta el momento, cuando autoliquidaba el ITP, siempre habíamos tenido un valor de referencia por debajo del cual no se declaraban compraventas libres (otra cosa eran las subastas). Eso evitaba inseguridad jurídica, porque aunque la facultad de comprobar el precio de mercado por parte de las administraciones siempre existe, ese valor mínimo de referencia solía "ir a misa".Ahora, si no hay valor de referencia catastral, me quedo en vilo y no sé con qué valor liquidar para no tener problemas. Porque repito, hasta el momento, SIEMPRE tenía un valor de referencia por parte  las CC.AA., de cara a la declaración del ITP. No sé otros, pero a mí nunca se me presentó el caso de no tener valor de referencia autonómico. Y ahora se me presenta este caso (aunque el valor lo da el Catastro). No sé si habrá sido causalidad...En cuanto a tu primera pregunta, sobre si la propiedad tiene sótano, en efecto, lo tiene: es un GARAJE. Pero no tengo ni idea de si el precio pactado con el comprador está por encima o por debajo de mercado, según la administración. Y como no dispongo de referencia, la inseguridad jurídica es total. 
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Ciberet 26/09/22 04:53
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Sí, había leído el nuevo 10 LITP y me quedo como estoy: ¿qué es valor de mercado? En concreto, no en general.Reitero que antes había valores mínimos de referencia de las CC.AA., y ahora ya no, pues te remite al catastro. En el caso que me ocupa (un garaje), cuando entro en la página de la Comunidad de Madrid, me sale "Datos no encontrados con los criterios de búsqueda establecidos".Cuando voy al Catastro, me dice " No existe valor de referencia". Repito que la duda es para compraventa libre, pues cuando de subasta se trata, está claro que ante la ausencia de valor de referencia, prima el valor de remate.Para los legos en la materia jurídica, esperemos que cese de ir la pelota jurídica de un sitio a otro, aunque no creo que las AA.PP. den su brazo a torcer, porque no conozco a ninguna que no pelee una buena saca de doblones de oro en forma de impuestos, y creo que en este caso, van a jugar fuerte, pues hay mucha pasta implicada.Como decía Tristán en el vídeo, al final, esto lo pagará el que menos culpa tiene de todos: el deudor. Ya que este sobrecoste deberá ser descontado en las pujas que todos hagamos. Y el que no lo descuente, pues allá él...Lo importante, como todo en la vida, es saber precisar el importe al que nos enfrentamos.    
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Ciberet 25/09/22 15:14
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Hola, me pregunto qué sucede en las compraventas libres cuando no hay valor de referencia catastral. En el caso de las subastas judiciales, está claro que aplica el valor de remate, pero en las libres? Antiguamente, las CC.AA. tenían sus valores mínimos de referencia, pero ahora te remiten a los valores del Catastro. Por lo que si este no existe, ¿qué aplicamos? Repito: mi duda es para compraventas libres.En cuanto a lo de las subastas, espero que este disparate quede finalmente derogado, porque es obvio que en una subasta oficial no hay ni trampa ni cartón, y es imposible que haya dinero en B, como puede haber en compraventas libres. En subastas, el precio de remate "va a misa", porque de trata de un acto público a todos los efectos, y por ello veraz, más aún, para todas las AA.PP.
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Ciberet 10/12/18 18:37
Ha comentado en el artículo Tristán, enséñame la pasta de las subastas judiciales
Totalmente de acuerdo con los vehículos. Es un tema muy complicado, sólo apto para verdaderos profesionales. Empiezas a echar dinero en posibles reparaciones y puestas a punto del coche, y cuando te quieres dar cuenta, se te ha ido todo el margen o incluso pierdes dinero con la operación, porque no puedes vender por encima de lo que has invertido. Por no hablar de posibles pagos de aduanas, aranceles, otros impuestos pendientes sin pagar, etc. Cuando vas a Tráfico a hacer la transferencia, y el funcionario te dice que no se puede transferir porque se debe tal o cual, te llevas a veces unas sorpresas que alucinas!
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Ciberet 01/07/18 15:38
Ha comentado en el artículo ¿Crees posible perder dinero comprando este casoplón por 6.900 euros?
Los registradores te aseguro que apuntan todo lo relevante que viene en una escritura de compraventa (si hay hipoteca, este acto se plasma en otra escritura diferente, por lo que no tiene nada que ver), y el precio desde luego es un valor muy relevante. Toda esta información viene en lo que se llama certificación literal, no en la nota simple. El problema es que en las certificaciones de cargas que cuelgan en el portal del BOE suelen omitir la página donde viene el precio, por lo que a joderse! Eso cuando cuelgan la certificación de cargas, pues hay veces que ni la suben al portal...
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Ciberet 01/07/18 05:16
Ha comentado en el artículo ¿Crees posible perder dinero comprando este casoplón por 6.900 euros?
Me imagino que Inversius se refiere al precio declarado en las escrituras de compraventa, nada de precios de vecinos. ¿Te imaginas a los empleados del registro de la propiedad yendo a preguntar a los vecinos? ¡Ni locos! Lo mismo el Registrador Sr. Rajoy mata su tiempo libre así, que va a ser que no... En las certificaciones de los registros, te viene el importe al que se han declarado las compraventas, pero esto no lo ponen los muy jodíos en las notas simples (tan sólo aparece la fecha y el notario ante el que se hizo la operación, y a veces ni eso). Pero de ahí a afirmar que esto sea el precio real...el precio real de verdad sólo lo conocen el comprador y el vendedor, nadie más!!!
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Ciberet 05/06/18 16:05
Ha comentado en el artículo El chorreo semanal de correos gorrones
Ese correo tiene tal cantidad de patadas a la ortografía que casi entro en parada cardiorrespiratoria al intentar leerlo seguido. Para mí que te lo has inventado, Tristán, jeje. Ese tal Jonathan es uno de tus muchos álter egos...
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Ciberet 07/05/18 16:51
Ha comentado en el artículo Cuando lo barato sale caro en las subastas judiciales
En general, ¿cómo proceder cuando hay varias cargas con subastas inminentes y se ejecutan casi simultáneamente? (o con semanas/meses de diferencia). No sé si esto lo habéis visto, pero es factible que suceda. ¿Huiríais de estas subastas?
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Ciberet 07/05/18 16:46
Ha comentado en el artículo Cuando lo barato sale caro en las subastas judiciales
Es una operación peligrosa, pero es algo que puede pasarle a cualquiera, pues con los plazos que manejan ciertos juzgados, en realidad una inmensa mayoría, puede pasar que mientras te aprueban el remate y te dan tu testimonio y mandamiento, pueden pasar meses y en ese ínterin, ejecutarse cargas posteriores. ¿Qué hacemos en ese caso? Lo único que se me ocurre es ir mirando todas las subastas convocadas, dado que ahora, en teoría, todas se publican por internet. También deberíamos ir pidiendo notas simples por si hay alguna nueva carga inscrita con certificación de dominio y cargas expedida.
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Ciberet 07/05/18 16:40
Ha comentado en el artículo Cuando lo barato sale caro en las subastas judiciales
Válgame Dios! En esos lares, para proteger tus propiedades, habría que apostarse en una buena mecedora, con tu buena escopeta bien larga y debidamente cargada, balanceándose y mascando tabaco día y noche, al lado de tu querida linde, al más puro estilo "far west"...
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