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Re: Fiscalidad billetes gratis iberia
Buenas Naeglerio,
En mi opinión todo dependerá del motivo por el que percibís el bono.
En mi opinión todo dependerá del motivo por el que percibís el bono.
- Si este se corresponde con un premio recibido por parte de la compañía, tributará al 19% como ganancia patrimonial en la renta del año 2020.
- Si se corresponde con cancelaciones de vuelos durante el confinamiento, que como operativa mucha gente en vez de pedir el dinero de vuelta lo que hace es recibir esos bonos canjeables con futuros vuelos, no se consideraría una ganancia patrimonial ya que sería la aplicación de una devolución de dinero a una venta futura, no como un premio recibido.
No se si Hacienda se ha pronunciado al respecto del segundo caso pero no le veo otro sentido.
Saludos.
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