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Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
Nuestros queridos amigos de la SS dicen esto:
Cuando la incapacidad derive de accidente o enfermedad profesional, no se exige período de cotización, salvo que se trate de una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por accidente no laboral y el trabajador no se encontrase en situación de alta ni asimilada, en cuyo caso, se le exigirá un período genérico de cotización de 15 años y un período específico de cotización de 3 años cotizados en los últimos 10.
Para acreditar el período mínimo de cotización exigido, tanto genérico como específico, se computarán los "días cuota" (pagas extraordinarias).
¿Puede declararse la incapacidad permanente aún en el caso de no tener derecho a la misma?
La incapacidad permanente sólo llega a existir si la constatación de las lesiones incapacitantes va acompañada del reconocimiento a percibir la prestación, reuniendo con ello los requisitos establecidos (período de cotización,...).
En consecuencia, no procederá la declaración de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, si el trabajador no acredita los restantes requisitos para causar derecho a la prestación económica.
Cuando la incapacidad derive de accidente o enfermedad profesional, no se exige período de cotización, salvo que se trate de una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por accidente no laboral y el trabajador no se encontrase en situación de alta ni asimilada, en cuyo caso, se le exigirá un período genérico de cotización de 15 años y un período específico de cotización de 3 años cotizados en los últimos 10.
Para acreditar el período mínimo de cotización exigido, tanto genérico como específico, se computarán los "días cuota" (pagas extraordinarias).
¿Puede declararse la incapacidad permanente aún en el caso de no tener derecho a la misma?
La incapacidad permanente sólo llega a existir si la constatación de las lesiones incapacitantes va acompañada del reconocimiento a percibir la prestación, reuniendo con ello los requisitos establecidos (período de cotización,...).
En consecuencia, no procederá la declaración de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, si el trabajador no acredita los restantes requisitos para causar derecho a la prestación económica.
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Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
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Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
Depende de la edad. No hacen falta los 15 años trabajados si es una permanente absoluta. Aquí lo explica.
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28729/28732#28733
Si eres un joven de 30 años al que le diagnostican un cáncer con metástasis (espero realmente que no) y has trabajado 5 años si te la dan. Es que hayas trabajado un período determinado según tu edad. Si no fuera así, trabajadores jóvenes con enfermedades graves no podrían recibirla.
Saludos
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28729/28732#28733
Si eres un joven de 30 años al que le diagnostican un cáncer con metástasis (espero realmente que no) y has trabajado 5 años si te la dan. Es que hayas trabajado un período determinado según tu edad. Si no fuera así, trabajadores jóvenes con enfermedades graves no podrían recibirla.
Saludos
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Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
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Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
#7
Re: Incapacidad permanente absoluta sin tiempo cotizado - Seguridad Social
Existe la pensión de incapacidad permanente contributiva (se necesita haber cotizado un período mínimo, excepto contingencias profesionales) y la pensión de invalidez no contributiva (se controlan las rentas de la unidad familiar).
Otro tema serían la orfandad (del incapacitado absoluto) o la prestación familiar (con un grado de discapacidad del 65% o más)
Otro tema serían la orfandad (del incapacitado absoluto) o la prestación familiar (con un grado de discapacidad del 65% o más)
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