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Re: ¿Tengo que declarar el beneficio obtenido por vender acciones?
A partir de cualquier cantidad, y también si hay pérdidas. Salvo que fuera aplicable la norma de que fueran los únicos rendimientos de cualquier clase obtenidos en el año y no superaran los 1.000 euros de ganancia ó 500 de pérdida.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
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