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¿Cuando pago impuesto a la renta?

¿Cuando pago impuesto a la renta?

¿Cuando pago impuesto a la renta?, es una de las consultas de los contribuyentes a la SUNAT sobre cuándo les corresponde declarar y pagar el impuesto a la renta. Les ofrecemos el calendario de declaración y pago del impuesto a la renta 2018.

 

¿Cuando pago impuesto a la renta?

 

 

¿Cuando pago impuesto a la renta?

El impuesto a la renta es el tributo determinado anualmente, y que grava las rentas provenientes del trabajo y de la explotación del capital, de un bien mueble o inmueble. Según el tipo de renta y de cuánto sea la renta sufren tarifas y se grava el impuesto mediante retenciones o lo realiza de manera directa el contribuyente.

 

Pago Impuesto a la Renta por Internet:

Para realizar el pago del Impuesto a la Renta deben:

  • Ingresar a la opción Declaración Pago
  • Usar la clave SOL en el Portal de la SUNAT: www.sunat.gob.pe
  • Seleccionar el tipo de deuda a pagar: NRUS, IGV, Impuesto a la Renta, Fraccionamiento, multa, etc.
  • Completa la información solicitada
  • Seleccionar la forma de pago electrónico que utilizarás y paga.

 

Personas Naturales Obligadas: Presentar Declaración Anual 

Las personas naturales pueden verificar toda la información de impuestos por Internet, como establece la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), que explicó a las personas naturales obligadas que estas deben presentar la declaración anual mediante el Formulario Virtual N° 707 Renta Anual 2018, al que podrán acceder desde el 18 de Febrero disponiendo de la información cargada respecto a las rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos.

Según la SUNAT, la información deberán verificarla y, si corresponde completarla o modificarla antes de realizar la presentación. La información personalizada estará actualizada al 31 de Enero de 2019.

Para facilitar la declaración de la renta, el contribuyente puede indicar en la declaración de la renta que estará el cargo del gasto. Mientras que la atribución de gastos debe informarse en la misma Declaración Anual.

 

Calendario de vencimientos declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR)

El Calendario de vencimientos para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR) 2018 inicia el 25 de Marzo y finaliza el 8 Abril según el último dígito del RUC, pueden consultar el cronograma de vencimiento:

 

Calendario de vencimientos impuesto a la renta

 

¿Quienes están obligados a declarar y pagar?

La Sunat resalta que las personas naturales obligadas a declarar son las que:

  • Las personas que tengan un saldo a favor del fisco impuesto por pagar.
  • Las que tengan con saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o han aplicado los saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría durante 2018.
  • Las personas que les corresponda un saldo a favor si reciben Rentas de Cuarta Categoría o de Cuarta y Quinta Categorías.
  • Las personas que reciban ingresos como independientes recibo por honorarios profesionales.
  • Los trabajadores en planilla que demuestren el pago por alquiler de vivienda o paguen intereses de créditos hipotecarios a sus cónyuges o concubinos o copropietarios.
  • Las personas naturales que tengan ingresos por planilla (Quinta Categoría) y que comprueben un saldo a favor por deducción de gastos de alquiler de vivienda y/o de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos MiVivienda y Techo Propio.
  • Los contribuyentes con ingresos netos mayor a 1.700 UIT, y obtengan beneficio tributario, estabilidad jurídica y/o tributaria, y obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País, o sean del sistema financiero, deben presentar el PDT N° 708, disponible a partir del 24 de Enero.

Las empresas, contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que durante 2018 generaron rentas o pérdidas de Tercera Categoría deberán utilizar el Formulario Virtual N° 708.

 

Llegado el momento de realizar la declaración y pago del impuesto a la renta ya conocen si forman parte de personas naturales obligadas y cuándo les corresponde declarar y pagar.

  1. Nuevo
    #2
    22/08/20 21:27
     
    1
    | Buenas tardes. Una consultita!,3 años consecutivos la empresa tuvo perdida:1°  año : Mensualmente se realizó sus pagos a cuenta del IR 3RA. Categoria. Total : s/ 1,5002° año : Se comenzó a compensar el 2° año los s/ 1,500 y se hizo 1 pago a cuenta de s/ 100 el segundo año. Pero también este segundo año quedó en perdida3° año : Respecto a la compensacion de los saldos para el 3° año  :: Entonce ¿podemos compensar los s/1500 del 1° año + s/ 100 del 2° año = s/1,600 este nuevo periodo del 3° año?Por favor su respuesta, porque me confundo un poco espero sus comentarios, gracias por la atencion. Jakeline 
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