¿Qué es el Bono de Reconocimiento?, si han escuchado o leído sobre este Bono de Reconocimiento pueden que reúnan las condiciones para cobrarlo y no lo sepan. Les ofrecemos conocer qué es el Bono de Reconocimiento y los requisitos que deben reunir.
¿Qué es el Bono de Reconocimiento?
Este es Bono es un beneficio de parte del Estado Peruano para los trabajadores, siendo un reconocimiento por los aportes realizados al SNP previamente a incorporarse al SPP. Pueden iniciar el trámite si tienen derecho ya que el valor reconocido del bono les da la posibilidad de disponer de un mayor capital para la pensión.
El Bono de Reconocimiento se trata de un certificado otorgado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el que reconocen los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) antes de ingresar a una AFP del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
¿Me corresponde cobrar el Bono de Reconocimiento?
Si aportaron al SNP antes de afiliarse al SPP, tienen derecho a cobrar uno de los Bonos de Reconocimiento disponibles, si cumplen con los requisitos y cobrar alguno de los tres tipos de bono disponibles:
- Bono 1992, que reconoce aportes hasta Noviembre de 1992
- Bono 1996, que reconoce aportes hasta Diciembre de 1996
- Bono 2001, que reconoce aportes hasta Diciembre de 2001
Cómo saber si tienen derecho al Bono de Reconocimiento
El poder saber si tienen derecho al Bono de Reconocimiento se da al verificar si cumplen con alguno de los requisitos:
Plazo para afiliarse |
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Bono 1992 |
Bono 1996 |
Bono 2001 |
Aportaciones al SNP |
Mínimo 48 meses entre el 06/12/1982 y el 05/12/1992 |
Mínimo 48 meses entre el 01/01/1987 y el 31/12/1996 |
Mínimo 48 meses entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001 |
Si cumplen con los requisitos, pueden cobrar más de un tipo de bono, aunque deberán elegir uno de los bonos para solicitarlo. Pueden decidir en base al valor nominal del bono y de su valor actualizado.
Documentación que deben presentar
Para el tramitar el Bono de Reconocimiento, deben presentar copia simple de DNI o carné de extranjería. Los documentos deberán estar vigentes y actualizados y pueden realizar el trámite mediante apoderado. Además de presentar la documentación que respalde el monto de las últimas 12 remuneraciones asegurables consecutivas o no anteriores a:
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Bono 1992 |
Bono 1996 |
Bono 2001 |
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12 últimas remuneraciones anteriores a: |
Diciembre 1992 |
Enero 1997 |
Enero 2002 |
Para respaldar las remuneraciones y/o los meses aportados pueden presentar:
- Boletas de pago legalmente emitidas
- Liquidación por tiempo de servicios
- Certificado de retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría
- Comprobantes de Pago de Aportaciones, para los periodos como asegurado facultativo
- Declaración Jurada del Empleador
- Certificados o constancias de trabajo
- Pólizas de seguros de vida
- Certificados de remuneraciones y retenciones
- Planillas de remuneraciones
- Cualquier otro documento emitido por el empleador sobre la relación laboral y con fecha de inicio y término de la relación laboral.
Dichos documentos deberán constar en original, copia legalizada o fedateados por la entidad que los emite, deben ser legibles y con identificación del firmante.
¿Cómo calcular el Bono de Reconocimiento?
Para calcular el Bono de Reconocimiento se da a partir de una fórmula que toma en cuenta el número de meses aportados al SNP por el trabajador, además del promedio de las últimas 12 remuneraciones asegurables percibidas y el factor establecido por la ley:
Valor Nominal del Bono de Reconocimiento B = R x M x 0.1831
Donde:
B = Valor Nominal del Bono de Reconocimiento.
R = Promedio de las últimas 12 remuneraciones asegurables, consecutivas o no, anteriores a:
- Diciembre 1992 para Bono 1992
- Enero 1997 para Bono 1996
- Enero de 2002 para Bono 2001, según corresponda.
M = Número de meses declarados anteriores a
- Diciembre 1992 para Bono 1992
- Enero 1997 para Bono 1996
- Enero de 2002 para Bono 2001, según corresponda.
Mientras que la ONP reconoce los meses aportados desde Agosto de 1936 en el caso de los obreros y desde Octubre de 1962 para el caso de los empleados.
F = 0.1831 Factor que asigna la Ley.
Valor nominal máximo del Bono de Reconocimiento
El valor nominal máximo del Bono de Reconocimiento es de S/ 60,000.00, siendo para los tres tipos de bono, además de actualizarse a partir del índice de Precios al Consumidor (IPC) en Lima Metropolitana o del indicador que se use en su lugar tomando como base el factor correspondiente a:
Tipo de Bono de Reconocimiento (BR) |
Mes de referencia para el IPC |
BR 1992 |
Diciembre 1992 |
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BR 1996 |
Enero 1997 |
BR 2001 |
Enero 2002 |
Si les corresponde cobrar uno de estos bonos están a tiempo, solo tienen que reunir los requisitos necesarios para poder postular a uno de los tres Bono de Reconocimiento en Perú.