Fuero maternal: qué es, duración y beneficios
En Chile existen derechos laborales irrenunciables que protegen a las mujeres trabajadoras por el hecho de estar embarazadas. Uno de los más importantes es el fuero maternal. En este artículo conoceremos qué es el fuero maternal, cuál es su duración, a quién va dirigido y cuáles son sus beneficios.
Índice
- ¿Qué es el fuero maternal?
- ¿Qué debo hacer para prepagar mi crédito hipotecario?
- ¿Cuál es el costo de prepagar mi crédito hipotecario?
- ¿Cuando es conveniente prepagar un crédito hipotecario?
¿Qué es el fuero maternal?
El fuero maternal es el derecho que tiene la mujer que se encuentra protegida por los beneficios por maternidad para que ésta tenga asegurado el origen de sus ingresos para poder alimentar y criar a su bebé.
Consiste en la imposibilidad, por un período determinado, de ser despedida de su trabajo o que el empleador o quien lo represente ponga término a su relación laboral, sin autorización judicial previa, conocida como desafuero maternal. De esta forma, solo una sentencia judicial, y bajo determinadas causas, podrá autorizar el despido de una trabajadora sujeta a fuero maternal.
Así pues, permite que la trabajadora tenga derecho a ser reintegrada a su puesto de trabajo si su empleador la ha despedido estando embarazada, independientemente de que éste conociera de su situación o no.
No se puede poner término al contrato, aun si la propia trabajadora desconocía su estado de embarazo.
Tienen derecho al fuero maternal:
- Todas las trabajadoras embarazadas que dependan de cualquier empleador y estén acogidas a un sistema previsional. No es necesario un tipo específico de contrato de trabajo.
- Los padres trabajadores, desde el fallecimiento de la madre.
- Los padres o madres adoptantes, en ciertos casos, desde la resolución que aprueba la adopción.
¿Cuál es la duración del fuero maternal?
El derecho a fuero maternal se extiende desde el inicio del embarazo hasta 1 año después de expirado el descanso de postnatal, es decir, cuando el hijo cumpla 1 año y 84 días de edad.
Durante este período, la embarazada se encuentra protegida por lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Trabajo, que prescribe que el empleado no puede poner término a su contrato de trabajo sino con autorización previa del juez competentes.
Podría ocurrir que el período postnatal se alargue por razones médicas, pero la única razón que haría desplazar la fecha para contabilizar el fuero maternal sería que la madre hubiera sufrido una enfermedad a causa del parto, comprobada con certificado médico, que extienda su postnatal con el "postnatal suplementario".
Si una mujer es despedida durante el período de protección de su fuero maternal, ésta puede reclamar ante los Tribunales del Trabajo dentro del plazo de 60 días hábiles a partir del despido.
¿Cuáles son los beneficios del fuero maternal?
Como venimos indicando, el principal beneficio que otorga el fuero maternal es que la trabajadora no puede ser despedida de su puesto de trabajo, excepto bajo determinadas circunstancias.
El juez solo puede autorizar al empleador para poner término al contrato de una mujer protegida por el fuero maternal únicamente en los siguientes casos:
- Vencimiento del plazo del contrato.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave debidamente comprobada.
- Negociaciones que ejecute la trabajadora dentro del giro del negocio que hubieren sido prohibidas por escrito en el contrato por el empleador.
- No concurrencia de la trabajadora a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o tres días en igual período de tiempo. También por falta injustificada o sin previo aviso de la trabajadora que tuviere a su cargo una actividad cuyo abandono o paralización signifique una grave perturbación en la marcha de la obra.
- Abandono del trabajo durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o negativa a trabajar sin causa justificada en las tareas convenidas en el contrato.
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento o de los trabajadores.
- El perjuicio material causado intencionalmente en las instalacaciones, maquinarias, herramientas o mercaderías.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
Además. todas las madres cuentan con el derecho de alimentar a su bebé durante la jornada de trabajo, incluso si no existe sala cuna en el lugar. Si bien este derecho tiende a asociarse con el fuero maternal, éste abarca hasta los 2 años desde que nació el bebé.
Al igual que el postnatal parental, el derecho de alimentación puede ser transferido al padre.
Este derecho debe ser acordado con la empresa dentro de las siguientes modalidades:
- En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo.
- Dividiéndolo en dos etapas (30 min y 30 min).
- Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o término de la jornada de trabajo.
También es importante destacar que ningún empleador puede condicionar la contratación al embarazo o cuidad de un bebé, como tampoco puede exigir certificados que acrediten esta condición en una mujer.
Fuero maternal: preguntas frecuentes
Por último, trataremos de responder una serie de preguntas frecuentes relacionadas con el fuero maternal:
- ¿Qué pasa si la madre se retira de una empresa y comienza en otra?
La Dirección del Trabajo señala que en el caso de que la trabajadora, gozando del fuero maternal, se retire voluntariamente de su empresa y comience un nuevo contrato laboral con otro empleador, le corresponde igualmente continuar con el fuero que la ampara.
- ¿Qué sucede con el fuero maternal si se interrumpe el embarazado o si el bebé nace muerto?
En ambos casos se extingue el derecho a gozar del fuero maternal debido a que no existirá la causa final del fuero, el cuidado de un hijo.
- ¿Se puede renunciar al derecho a fuero maternal?
No, el fuero maternal es un derecho irrenunciable, lo que significa que la mujer no puede legalmente acordar con su empleador la renuncia a dicho beneficio. De hacerlo, el pacto sería declarado nulo.
- ¿Debe restituir al empleador los valores percibidos por años de servicio y la sustitutiva de previo aviso, la trabajadora que goza de fuero maternal que es despedida, y que luego es reincorporada a sus labores?
Si el empleador debió reincoporar a sus labores a una trabajadora que ha sido despedida gozando de fuero laboral y que, tras ello, ha percibido las indemnizaciones por años de servicios y la sustititiva del aviso previo, la Dirección del Trabajo ha señalado que producido el regreso al trabajo, la dependiente debe restituir las indemnizaciones percibidas con ocasión del término de la relación laboral que ha quedado sin efecto.
Como ves, la ley chilena protege, mediante el fuero maternal, a toda trabajadora embarazada con la finalidad de que puede mantener durante un tiempo sus ingresos para poder alimentar y cuidar a su bebé. Recuerda que si tienes alguna pregunta o requieres de más información, puedes comentar a continuación y te atenderemos encantados.
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en respuesta a María Granel Ver mensaje de María Granel Ok... Si mi empleador me paga un bono para el cuidado de la bebé en mi casa una vez terminado el fuero debo volver a trabajar turnos rotativos como antes lo hacía o devo seguir en horario normal? ya que mi empleador me cancelara el bono para el cuidado de mi hija hasta que ella cumpla los 2 años eso es lo acordado
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Hola estoy con fuero maternal mi bebé de 9 meses, quisiera saber si en mi trabajo me pueden dar un horario de jornada mayor al que cubre la sala cuna, por ejemplo si la sala cuna solo funciona hasta las 7 de la tarde pueden darme un horario hasta las 21 horas?
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en respuesta a Magdalukas. Mansilla Ver mensaje de Magdalukas. Mansilla Buen día,
En principio, el fuero maternal no tiene implicaciones en la jornada laboral por lo que no podrías exigir continuar con la misma jornada, así que lo mejor será que negocies estos cambios directamente con tu empleador.
Saludos! -
en respuesta a Carolina123456 Ver mensaje de Carolina123456 Hola Carolina,
La obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna por parte del empleador debe abarcar toda la jornada laboral de la trabajadora dependiente, según indica la legislación chilena.
Saludos! -
Hola, en dos semanas termina mi post natal.. mi consulta es si estoy obligada a trabajar los días sábados ya que los fines de semana no hay sala cuna .. mi trabajo es par time
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en respuesta a Constanzafer Ver mensaje de Constanzafer Buen día,
Si por contrato, tienes obligación a trabajar los días sábados, lo que ocurre es que el empleador está obligado a proporcionar sala cuna en dichos días.
Aquí tienes más información de la Dirección de Trabajo sobre este tema: https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60081.html
Saludos! -
en respuesta a Marlenne Vegas Ver mensaje de Marlenne Vegas Buenas tardes, una consulta, yo por tener un hijo de un año y estoy con fuero puedo trabajar de lunes a virnes?? cuando entre a trabajar ese era mi horario, ahora mi jefe me cambio el horario de trabajo de 12: 00 a 18:00 y debo trabajar un sabado de por medio. me podrian ayudar
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Hola, buenos días. Consulta, fui mamá hace 3 meses, no tuve ni pre ni post natal porque no estoy con contrato. Ahora un colega quiere contratarme pero me dice si puedo renunciar a mi fuero maternal. La pregunta es : si yo nunca tuve pre ni post natal me aplica está renuncia? Y de ser sí, me convendría renunciar al fuero? Quedó atenta. Gracias.
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en respuesta a An.Yoka Ver mensaje de An.Yoka Buenos días,
Buen día,
En principio, el fuero maternal no tiene implicaciones en la jornada laboral, por lo que los cambios de horario deberás negociarlos directamente con tu empleador y éste puede decidir si concederlos o no. Sin embargo, si por contrato, tienes obligación a trabajar los días sábados, lo que ocurre es que el empleador está obligado a proporcionar sala cuna en dichos días.
Aquí tienes más información de la Dirección de Trabajo sobre este tema: https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60081.html
Saludos! -
en respuesta a Veromora Ver mensaje de Veromora Buen día,
El fuero maternal es un derecho irrenunciable, lo que significa que la mujer no puede legalmente acordar con su empleador la renuncia a dicho beneficio. De hacerlo, el pacto sería declarado nulo.
Saludos! -
en respuesta a María Granel Ver mensaje de María Granel tengo un hijo de 6 meses antes no trabajaba y ahora no le dije a mi nuevo empleador que tenia un hijo de esa edad hasta que firme mi contrato a plazo fijo, puedo exigir mi fuero maternal???
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en respuesta a Daniri Ver mensaje de Daniri Buen día,
Adquiere el derecho a gozar de fuero maternal toda mujer embarazada o aquella que es madre de un recién nacido o que se encuentra en el período postnatal o dentro del año siguiente a la expiración de dicho período, y que ingresa a una empresa suscribiendo por primera vez un contrato de trabajo. Por tanto, tendrías derecho a gozar del fuero maternal y tu empleador no podrá poner término al contrato hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, salvo autorización judicial previa.
Saludos! -
Consulta, si tengo fuero pero quiero cambiarme de trabajo. Cuales son los trámites que tengo que hacer
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en respuesta a Bárbara 09 Ver mensaje de Bárbara 09 Hola Bárbara,
No es necesario que realices ningún trámite, si tienes fuero maternal y cambias de trabajo, seguirás teniendo automáticamente fuero maternal en el nuevo empleo.
Aquí encontrarás más información sobre ello: https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60068.html
Saludos! -
Mi hijo tiene 1 año 2 meses. Aun no entro a trabajar por problemas médicos y aun no se cuando entraré. Pero estoy confundida respecto al fuero maternal. En mi trabajo y muchas personas me han dicho que es hasta los 2 años de mi hijo.
Y otras personas me han dicho que es hasta 1 año 84 dias. Mi miedo es de que si mi doctor me sigue dando licencia el que me puedan despedir al ingresar si es que se termina al 1 año 84 dias como dicen. Me pueden orientar por favor. -
en respuesta a Delrosario Ver mensaje de Delrosario Buen día,
El derecho a fuero maternal se extiende desde el inicio del embarazo hasta 1 año después de expirado el descanso de postnatal, es decir, cuando el hijo cumpla 1 año y 84 días de edad. Lo que es hasta qlos 2 años del bebé es el derecho de la madre de una hora al día para alimentar a su bebé durante la jornada de trabajo.
Saludos! -
Hola buenas tardes mi consulta es que yo tengo contrato fijo q es por faena.. Puede q me quiten el fuero maternal...si voy aser beneficiada el posnatal parental y me despiran pasa que mi bebé sufre de reflujo
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en respuesta a Leydy Diana Ver mensaje de Leydy Diana Buen día,
Tienes derecho al fuero maternal, y se trata de un derecho irrenunciable, desde el inicio del embarazo hasta un año después de terminado el postnatal.
Saludos! -
Hola buenas tardes. Mi fuero maternal está por culminar. Me quedan 3 semanas con fuero y ya fui notificada de despido por necesidades de la empresa para dentro de 30 dias. Eso es legal. No deberían esperar culminar el fuero para comenzar a correr los 30 días de preaviso. Gracias