¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral?
¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral? El finiquito es la forma legal en Chile, por la cual un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral, tanto en caso de renuncia como de despido. En el finiquito laboral debe estar claramente estipulada la causal de despido así como todos los acuerdos a los que se comprometan ambas partes, en lo que respecta a plazos, indemnizaciones y el monto que el empleador debe pagar al empleado.
En caso de renuncia, tú mismo como trabajador puedes presentar una propuesta de finiquito, pero corresponde al empleador la obligación de proporcionar el documento.
¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral? ¿Por cuáles beneficios me debieran pagar?
Como empleado, al momento de terminar tu relación laboral con una empresa, tienes derecho a varios beneficios. En tu finiquito laboral se deben incluir los siguientes ítems:
- Remuneraciones adeudadas
- Indemnización sustitutiva del aviso previo
- Indemnización por años de servicio
- Feriado anual adeudado
- Feriado proporcional
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¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral? ¿Cuánto me corresponde cobrar?
Analicemos cada uno de los beneficios que tienes por ley para ver cuánto te corresponde recibir en tu finiquito.
Remuneraciones adeudadas
Las remuneraciones adeudadas corresponden al sueldo que aún no has percibido por un período de tiempo ya trabajado. O sea, por ejemplo, digamos que normalmente recibes tu salario el último día del mes. Si eres despedido de la empresa el día 20 del siguiente mes, la empresa te debe por concepto de remuneraciones el lapso trabajado. En este caso, correspondería a 20/30 de tu sueldo normal, o, un 66,6% de tu sueldo. Recuerda que éste pago sigue afecto a tributación, así que debes descontar el impuesto a la renta al momento de calcular esta remuneración.
Indemnización sustitutiva del aviso previo
La indemnización sustitutiva del aviso previo corresponde a la indemnización que el empleador debe pagarte cuando te despiden sin darte aviso previo en el plazo exigido por la ley. Según el Código del Trabajo chileno, un empleador debe avisar por lo menos con 30 días de anticipación al trabajador que será despedido.
Este derecho de los trabajadores tiene por intención permitirte que busques un nuevo empleo, conservando el que tiene hasta ese minuto, y que no se vean afectados tus compromisos económicos, al menos por un mes completo. Sin embargo, la ley permite que el empleador despida al trabajador de un día para otro, y para compensar por no haberle avisado de dicho despido en forma oportuna, le pague como indemnización el equivalente a un mes de remuneración.
Obviamente, esta indemnización no corresponde cuando el trabajador es despedido por haber incurrido en una infracción contra las obligaciones impuestas en el contrato de trabajo, o cuando el contrato termina por motivos naturales (por ejemplo, trabajador que está contratado a plazo o muerte del trabajador).
Indemnización por años de servicio
La indemnización por años de servicio, es un derecho laboral que consiste en la indemnización en caso de despido que el empleador te debe pagar en proporción a los años que has trabajado en la empresa.
Para calcular el monto que te corresponde por esta indemnización, hay que considerar las siguientes normas:
- Se utilizará como base del cálculo, lo que te pagaron en razón de 30 días de la última remuneración mensual devengada, con un tope máximo de 90UF. Esto cuenta como "un mes de remuneración", para efectos de éste cálculo.
- Según la ley, te pagarán un mes de remuneración por cada año de servicio, o por fracción mayor a los seis meses. O sea, por ejemplo, si has trabajado en la empresa 4 años y 7 meses, te corresponden 5 meses de remuneración como indemnización.
- El actual Código del Trabajo establece que el máximo de indemnización que la ley obliga a pagar, es de 11 meses (por 11 años de servicios o más). No obstante, los trabajadores con contrato anterior a la entrada en vigencia del actual Código del Trabajo (de 1981), no están afectos a esta limitación.
- Puedes convenir por contrato individual o colectivo, que se te pague una indemnización mayor a la tipificada. Pero la ley prohíbe acordar en un contrato que se pagará una indemnización menor al cálculo anterior.
- Existe una sanción para el empleador que despide a un trabajador por necesidades de la empresa, pero acusa una causal distinta. Se paga una indemnización mayor, por mandato de la ley, en un porcentaje que ésta determina, si un juez en definitiva declara que la causal verdadera es necesidades de la empresa.
Feriado anual adeudado y feriado proporcional
El feriado anual, comúnmente llamado derecho a vacaciones, es un derecho que tiene todo trabajador que ha cumplido más de un año de servicio. El Código del Trabajo dispone que: “Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual (o vacaciones) de quince días hábiles, con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento”.
De acuerdo con el Código del Trabajo, si un trabajador deja de pertenecer a una empresa antes de completar el año de servicio que da derecho a feriado, tiene derecho a percibir una indemnización por dicho beneficio equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma proporcional al tiempo que medie entre su contratación (o la fecha que enteró la última anualidad) y el término de sus funciones.
Para determinar el monto que te corresponde recibir por feriado proporcional debes dividir el número de días de feriado a que tienes derecho (incluyendo los días de feriado progresivo cuando corresponda), por el número de meses que comprende el año (o sea, 12). El producto será el número de días hábiles de feriado que deberán compensarte por cada mes trabajado. Luego, este resultado deberá multiplicarse por el número de meses (y fracción) que hayas acumulado entre la fecha de tu contratación y el término de tus servicios (el resultado será el número total de días hábiles de feriado que te deben compensar).
Para finalizar, los días así determinados deben contarse a partir del día siguiente a la fecha de terminación del contrato y comprenderá, además de los días hábiles, los sábados, domingos y festivos. Este producto será el número total de días que el empleador te compensará por feriados.
Así, por ejemplo, si tu contrato ha terminado el 27 de julio de 2011 y has laborado durante 8 meses y 18 días, te correspondería un feriado proporcional equivalente a 10,75 días hábiles, los cuales se contabilizan a partir del día siguiente al despido (28 de julio de 2011 en este caso), te daría un total de 14,75 días (incluyendo los sábados, domingo y festivos), que son los que el empleador te indemnizará por concepto de feriado proporcional. Por último, los días a indemnizarse así calculados deben multiplicarse por tu sueldo diario en caso de estar sujeto a sistema de remuneración fija, o por el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajado si es que estás sujeto a remuneraciones variables, o por la suma de ambos si es que percibes una remuneración mixta.
¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral? Aclaraciones y simulador
Para concluir, es importante que tengas en cuenta los siguientes aspectos del finiquito:
- El finiquito tiene que ser ratificado ante un ministro de fe (ante notario).
- Recuerda que para que el finiquito tenga validez, este debe contar con tu firma y la del empleador. En caso de despido, tienes el derecho a no firmar el finiquito si no estás de acuerdo con la causal.
- Tu empleador tiene que estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (cuando así corresponda) hasta el último día del mes anterior al despido. Puedes dejar constancia en el finiquito si estás en desacuerdo con los montos, incluso si aceptas los otros pagos al momento de firmar.
Para faciltar tu vida, afortunadamente el gobierno a puesto a tu disposición un Simulador de Finiquito. Sólo debes ingresar las variables indicadas, como período trabajado, vacaciones y sueldo bruto. Para ingresar a este simulador haz click aquí.
¿Qué te ha parecido este artículo? ¿Te ha quedado claro cómo puedes calcular tu finiquito laboral? Si tienes alguna duda o quieres una clarificación, deja tu comentario y te responderemos rápidamente.
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en respuesta a Agustinlp Ver mensaje de Agustinlp Hola, debes tener en cuenta que tienes derecho a no firmar el finiquito si no estás de acuerdo con la causal.
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Buenas estimados, consulta, entendiendo que el mes por año se calcula como promedio de los últimos 3 meses, afectará tener licencias médicas en éste periodo?
Agradecido y atento a sus comentarios. -
en respuesta a Js Carrillo Ver mensaje de Js Carrillo Hola estimado, tener licencias si afecta, dado qye tu remuneración es variable, se calcula en base a un promedio
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en respuesta a Francisco León Ver mensaje de Francisco León Buenas estimado, buscando información me encontré con una página del Gobierno en donde explican que el mes por año tiene que ser en base a meses con 30 días trabajados. Tres últimos en caso de sueldo variable y el último en caso de fijo. No son considerados los meses con licencia. Por lo menos eso dice.
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60589.htmlAtento a comentarios.
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en respuesta a Js Carrillo Ver mensaje de Js Carrillo Hola Js, así es, por eso te decía que se tenía que considerar un promedio, dado que el sueldo en este caso sería variable (dado que tuviste menos días trabajados), por lo cual se tiene que asumir un factor estacional.
Saludos :D
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en respuesta a Luisolave Ver mensaje de Luisolave Hola Luis, si la causal de tu desvinculación con la empresa concierne a necesidades de la empresa, te deberán pagar un mes de sueldo base más las vacaciones que no te has tomado. Si fue renuncia, debería ser el equivalente a las vacaciones que no te has tomado solamente.
Muchos saludos.
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Hola acabo de negociar por medio del sindicato de la empresa mi salida al 80 % pero no tengo nada claro como me lo van a calcular ya que desde hace alrrededor de 5 o 6 meses no tengo meses completos ya que e tenido licencias medicas
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en respuesta a Osvaldo Sepulveda Ver mensaje de Osvaldo Sepulveda Hola Osvaldo, en esos casos, la empresa toma como base el último mes trabajado de manera integra, si tu sueldo es variable, sería el promedio de los últimos tres meses íntegros.
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Hola, si mi inicio laboral fue el 01/03/2016 y terminó el 26/07/2017 por renuncia voluntaria, en este periodo tube licencias médicas, pre y post natal. Me corresponden los mismos días de vacaciones o es propocional porque goze de licencias?
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en respuesta a Jocelyndiazvaldes Ver mensaje de Jocelyndiazvaldes Corresponden los mismos días de vacaciones estimadas.
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Hola tengo una consulta. Me despiedieron por necesidades de la empresa. Mi contrato es de diciembre de 2016 hasta agosto de 2017. Total 8 meses que me corresponde cobrar. Saludos
Pd:quieren que les firme el finiquito en una notaria y pagarme semanas después -
Hola quiero consultar llevo 13 meses trabajando para una empresa salí a vacaciones y tenia q regresar a laborar hoy como estava viajando no alcance a llegar hoy estoy tratando de comunicarme con el empleador y no me quiere recibir el llamado y mis compañeros me dicen q me van a despedir si esto fuera asi cuanto es el valor de mi finiqito si yo gano 450 mil pesos ???
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Quiero renunciar a mi trabajoingrese 09/01/2014 a q tengo derecho como finiquito
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en respuesta a Cristian12jr Ver mensaje de Cristian12jr Hola estimado, no me queda muy clara tu consulta, pero si se refiere al P.D.
comento que no debería ser así, dado que en el finiquito se asume que ya fue pagado y que uno esta conforme con ello. Saludos.
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en respuesta a Cristian Alzate Ver mensaje de Cristian Alzate Hola Cristian Alzate, la verdad es que con poca información no te podría dar un monto exacto, no obstante si te despide por necesidades de la empresa, te debería pagar 1 mes por año, más las vacaciones no tomadas y si no te avisa con un mes de anticipación, también incluir eso. Saludos
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en respuesta a Ricardo Arias Ver mensaje de Ricardo Arias Si es por renuncia, a las vacaciones que no te has tomado.
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lei todo perno necesito salir de las dudas,llevo mas de 4 años en el trabajo y quiero renunciar,cuanto obtendria de finiquito me pagar los ańos de servicios? las vaciones me las pagaran tengo etendido ,atenta a su respuestas gracias.