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¿Qué pasa con mi CTS si quebró el banco en que la depositaban?

¿Qué pasa con mi CTS si quebró el banco en que la depositaban?

Una duda que suelen tener sobre las CTS es ¿Qué pasa con mi CTS si quebró el banco en que la depositaban?. Por lo que es lógico que quieran saber la respuesta a dicha pregunta y conocer el destino de su dinero.

¿Qué pasa con mi CTS si quebró el banco en que la depositaban?

 

 

¿Qué es la CTS?

El Depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es un pago que se da dos veces en el año, en Mayo y Noviembre, es equivalente a media remuneración mensual.

Es un beneficio laboral en forma de compensación por tiempo de servicios, siendo considerado como un beneficio social que tiene la función de seguro de desempleo, y que permite ser un fondo de ayuda ante el desempleo.

 

Qué trabajadores obtienen este beneficio

Los trabajadores que pueden acceder a dicho beneficio son los trabajadores de la actividad privada:

  • Trabajadores con contrato indefinido
  • Trabajadores a plazo fijo
  • Trabajadores a tiempo parcial
  • Trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores
  • Trabajadores que cumplan un promedio de una jornada mínima diaria de 4 horas laboradas.

Los trabajadores de las pequeñas empresas reciben un total de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. Y un tope máximo de 90 remuneraciones diarias.

 

¿Qué es el FDS?

El Fondo de Seguro de Depósito (FDS) es la institución que se encarga de proteger los ahorros de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, y de depósitos a la vista es decir cuentas corrientes de las demás empresas. Así como el dinero los CTS si quiebra el banco.

Si una entidad financiera supervisada por la SBS sufre la declaración del estado de disolución y liquidación como la quiebra de un banco, el FSD le debe pagar a los ahorristas el monto acumulado en esa entidad en: cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo, pagando hasta por el monto máximo de cobertura vigente.

  • Es un seguro gratuito para ahorristas, y no necesitan de ninguna inscripción previa.

 

¿Qué entidades están bajo el seguro FDS?

Existen 43 entidades financieras que disponen del beneficio:

Bancos: BCP, BBVA, Scotiabank, Interbank, BanBif, Mibanco, Banco Pichincha, Banco GNB, Banco de Comercio, Banco Falabella, Banco Ripley, Banco Azteca, Banco Santander, Citibank e ICBC Perú Bank.

Financieras: Crediscotia, Compartamos, Confianza, Financiera Oh!, Credinka, Financiera TFC, Efectiva, Financiera Proempresa y Qapac.

Cajas Municipales de Ahorro y Crédito: Arequipa, Piura, Huancayo, Cusco, Sullana, Trujillo, Ica, Tacna, Maynas, Paita, Del Santa y Caja Metropolitana Lima.
Cajas Rurales de Ahorro y Crédito: Caja CAT Perú, Raiz, Los Andes, Prymera, Centro, Sipán e Incasur.

Para que el Fondo de Seguro de Depósito esté activo, la entidad financiera deberá al menos hacer aportes al FSD durante 2 años. En caso de haber un nuevo banco, financiera o caja en el Perú, no dispondría de este seguro, recién podría dentro de 24 meses.

 

¿Qué entidades No están bajo el seguro FDS?

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito no disponen de FSD. Aunque existe un proyecto para que puedan disponerlo a partir de un monto menor de cobertura, vigente a fines de 2021.

Monto máximo de cobertura del FSD

El monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósito es:

Marzo - Mayo 2020 100,123.00

Dicho valor es actualizado trimestralmente por la SBS, en base al Índice de Precios al Por Mayor (IPM).

 

¿Qué pasa con mi CTS si quebró el banco en que la depositaban?

  • Si tienen su CTS en una caja por S/50,000 (incluidos los intereses) y la entidad quiebra y entra en liquidación, el FSD les pagará los S/50,000.
  • Si poseen un depósito a plazo en un banco por S/200,000 incluyendo los intereses y el banco o caja quiebra y se liquida, el FSD les pagará solo S/100,123, el máximo de cobertura vigente.
  • El FSD aplica para cada entidad financiera independientemente, ya que aplica por persona para cada entidad, si, tienen S/100,000 en un depósito a plazo de una financiera y S/50,000 en la cuenta sueldo en un banco, y la financiera y banco son liquidadas, el seguro les cubre las 2 cuentas, y les pagará en total los S/150,000.

 

Procedimiento para cobrar el FSD si la entidad financiera quiebra

Si la institución financiera es declarada en disolución enviará al FSD:

  • En un plazo máximo de 60 días, la relación de los asegurados cubiertos y el monto a pagar a cada asegurado, debiendo diferenciar el capital de los intereses.
  • Luego, el FSD deberá iniciar los pagos en un plazo de no más de 10 días hábiles de haber recibido la información.

Como pudieron leer es un gran alivio que si llegado el momento quiebra el banco, entidad financiera o caja, puedan recuperar su dinero en forma total y no tener problemas mayores que algún trámite.

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